¿Cuál es la tabla salarial del convenio de marcas de restauración moderna en 2026? En el acuerdo publicado en el BOE el 30 de enero de 2026 (BOE-A-2026-2224), la misma para toda España, en 14 pagas y desde el 1 de julio de 2025: nivel I, 1.545,00 € al mes (21.630,00 € al año); nivel II, 1.324,28 € (18.540,00 €); nivel III, 1.201,76 € (16.824,64 €), y nivel IV, el salario mínimo. En 2026 el nivel IV cobra el SMI, 1.221 € al mes en 14 pagas, y el nivel III tiene que quedar al menos un 1,5 % por encima (disposición transitoria quinta): la comisión paritaria acordó en abril de 2026 subirlo, a cuenta del II convenio, con atrasos desde enero (BOE-A-2026-15179). Ese 1,5 % son 1.239,32 € al mes, cálculo nuestro. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.
Tablas salariales del convenio de restauración moderna
Las cadenas de restaurantes de marca con al menos mil personas en plantilla y locales en cuatro comunidades o más tienen un convenio estatal propio, distinto del de hostelería de tu provincia. Cuatro niveles, el de entrada al salario mínimo y el segundo, siempre un 1,5 % por encima.
Avísame cuando salgan las tablas nuevasQué es el convenio de marcas de restauración moderna y a quién cubre
El convenio estatal se llama oficialmente I Convenio colectivo sectorial estatal de marcas de restauración moderna, publicado en el BOE del 8 de diciembre de 2022, con la tabla vigente desde el 1 de julio de 2025 publicada el 30 de enero de 2026 (BOE-A-2026-2224). Se aplica a las empresas o grupos de marcas de cadenas de restauración con al menos mil personas en plantilla y locales abiertos en cuatro comunidades autónomas o más, que sirven con sistemas modernos de producción comidas y bebidas homogéneas, con la misma imagen de marca y producto, para tomar sobre todo en el propio local, y sus franquicias que cumplan esos requisitos (art. 2). Quedan fuera sus locales en aeropuertos y estaciones de tren, que van por el convenio de hostelería, la hostelería tradicional, el reparto a domicilio de comida cocinada, la restauración social y el catering (art. 2).
Lo firmaron la Asociación Empresarial de Marcas de Restauración (AEMR) y los sindicatos CC. OO.-Servicios, FeSMC-UGT y FETICO. Tuvo efectos desde el 1 de enero de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 (art. 3); se denunció el 28 de noviembre de 2025 y el 17 de diciembre se constituyó la mesa del II convenio. Mientras se negocia, sigue aplicándose (BOE-A-2026-15179). La clasificación es la del área funcional tercera del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería, y cada grupo va a su nivel salarial (art. 8): cuatro niveles, el I de confianza y el II de mando y coordinación, los dos de libre designación, y del IV al III se sube a los seis meses en la empresa (art. 9). Las franquicias de estas marcas que no cumplen el tamaño pueden adherirse (disposición adicional primera).
Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2022-20784) →Las cifras del convenio de marcas de restauración moderna, del BOE
Tabla desde el 1 de julio de 2025 de BOE-A-2026-2224, en 14 pagas (art. 19). El nivel IV es el SMI (Real Decreto 126/2026) y el III, como mínimo un 1,5 % más (disposición transitoria quinta y BOE-A-2026-15179); esa cuantía es nuestra multiplicación, porque el acta no publica la cifra. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.
Tabla salarial vigente y mínimo de 2026
| Nivel | Quién (art. 9) | Mes, 14 pagas (BOE) | Año (BOE) | En 2026 | Neto / mes en 2026 (cálculo LaborIA) |
|---|---|---|---|---|---|
| I | Confianza, libre designación | 1.545,00 € | 21.630,00 € | Sin tabla nueva publicada | 1.252 € |
| II | Mando y coordinación, libre designación | 1.324,28 € | 18.540,00 € | Sin tabla nueva publicada | 1.167 € |
| III | A partir de los seis meses en la empresa | 1.201,76 € | 16.824,64 € | Mínimo 1.239,32 € al mes | 1.146 € |
| IV | Entrada, los primeros seis meses | SMI | SMI | 1.221,00 € al mes (17.094 € al año) | 1.142 € |
Tabla desde el 1 de julio de 2025 (BOE-A-2026-2224). Si el IPC de 2025 superó el 3 %, la tabla de 2026 sube la diferencia, con un máximo del 1 % (cláusula de garantía del mismo acuerdo). La columna de 2026 aplica el SMI de 2026 y la garantía del 1,5 % del nivel III. El neto es un cálculo de LaborIA con la calculadora de sueldo neto de 2026 (persona soltera, sin hijos, contrato indefinido), no una cifra del convenio.
Cómo ha subido la tabla: salario base anual
| Nivel | Desde el 1/01/2024 | Desde el 1/07/2024 | Desde el 1/07/2025 |
|---|---|---|---|
| I | 18.271,00 € | 21.000,00 € | 21.630,00 € |
| II | 16.610,00 € | 18.000,00 € | 18.540,00 € |
| III | 16.114,14 € | 16.114,14 € | 16.824,64 € |
| IV | SMI | SMI | SMI |
BOE-A-2024-10141 (tablas de 2024 y desde el 1 de enero de 2025) y BOE-A-2026-2224 (desde el 1 de julio de 2025).
Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio
Cómo encontrar TU tabla, paso a paso
El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.
¿Y si cobras por debajo?
El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.
Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Este aviso todavía no está en marcha: si te apuntas, guardamos tu correo solo para esto y te escribimos cuando lo esté.
Preguntas frecuentes sobre el convenio de marcas de restauración moderna
¿Cuál es la tabla salarial del convenio de marcas de restauración moderna en 2026?
¿Cuánto cobra un trabajador de una cadena de comida rápida por convenio en 2026?
¿Cuándo se pasa del nivel IV al nivel III?
¿Sigue vigente el convenio de restauración moderna en 2026?
¿Y si trabajo en un local de la cadena en un aeropuerto o una estación?
¿A quién se aplica el convenio de marcas de restauración moderna?
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
¿Dónde está publicado oficialmente?
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.