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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de oficinas de farmacia en 2026? En las actas de la Comisión Paritaria que publica el BOE. La última (BOE-A-2026-4220, 23 de febrero de 2026) aplica a la tabla de 2024 un 2 % a cuenta para 2025 y otro 2 % para 2026. En 2026, en 14 pagas: facultativo 2.223,37 € al mes (31.127,18 € al año), técnico en farmacia 1.507,27 €, auxiliar de farmacia 1.370,64 €, administrativo 1.439,70 € y mozo o limpieza 1.243,03 €. Son cifras provisionales: según el acta, esas subidas se integrarán en las tablas del próximo convenio «como base mínima de partida».

Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de oficinas de farmacia 2026

El convenio venció en 2024 y el nuevo sigue en negociación. Mientras tanto, los salarios suben un 2 % cada enero «a cuenta», y la tabla de 2026 ya está en el BOE: catorce categorías, de facultativo a limpieza.

Avísame cuando salgan las tablas nuevas

Qué es el convenio de oficinas de farmacia y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente XXV Convenio colectivo estatal para oficinas de farmacia, publicado en el BOE del 28 de diciembre de 2022 (BOE núm. 311), con las tablas provisionales de 2025 y 2026 publicadas el 23 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4220). Se aplica a todo el personal asalariado de las oficinas de farmacia de España, sea cual sea su puesto: farmacéuticos, técnicos, auxiliares, administración, mozos y limpieza (arts. 1 y 2).

Lo firmaron la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) con UGT y UTF. Estaba previsto para 2022, 2023 y 2024 y quedó denunciado el 1 de junio de 2024 (art. 3.3). Mientras no se firme el siguiente (sería el XXVI), se prorroga entero y los conceptos de la tabla suben cada enero un 2 % «a cuenta» si el PIB del año anterior creció más de un 1 % (art. 3.4). Clasifica en cinco grupos (art. 10): personal facultativo (farmacéutico regente, sustituto, adjunto y facultativo), técnico (técnico en farmacia), auxiliar (auxiliar de farmacia), administrativo y subalterno (mozo y limpieza). Las categorías «a extinguir» se mantienen para quien ya las tiene (disposición transitoria única).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2022-23018) →

Las cifras del convenio de oficinas de farmacia, del BOE

Facultativo/a (2026, a cuenta)2.223,37 € / mes · 31.127,18 € / año
Técnico/a en farmacia (2026, a cuenta)1.507,27 € / mes · 21.101,78 € / año
Auxiliar de farmacia (2026, a cuenta)1.370,64 € / mes · 19.188,96 € / año
Mozo/a y personal de limpieza (2026, a cuenta)1.243,03 € / mes · 17.402,42 € / año

Salario base mensual de la tabla provisional de 2026 (anexo V de BOE-A-2026-4220), en 14 pagas; el anual es el mensual por 14. El plus de regente o sustituto (167,88 €) y el de adjunto o facultativo (91,49 €) van aparte. Leído en el BOE el 9 de octubre de 2026.

Salario base por categoría: 2025 y 2026 (provisionales)

Categoría (art. 10)20252026Anual 2026Nocturnidad / h
Facultativo/a (regente, sustituto, adjunto)2.179,77 €2.223,37 €31.127,18 €2,66 €
Auxiliar mayor diplomado/a (a extinguir)1.613,10 €1.645,36 €23.035,04 €1,97 €
Jefe/a administrativo/a1.601,34 €1.633,37 €22.867,18 €1,97 €
Técnico/a en farmacia1.477,71 €1.507,27 €21.101,78 €1,82 €
Auxiliar diplomado/a (a extinguir)1.477,71 €1.507,27 €21.101,78 €1,82 €
Jefe/a de sección (a extinguir)1.477,71 €1.507,27 €21.101,78 €1,82 €
Administrativo/a1.411,47 €1.439,70 €20.155,80 €1,69 €
Contable (a extinguir)1.411,47 €1.439,70 €20.155,80 €1,69 €
Auxiliar de farmacia1.343,77 €1.370,64 €19.188,96 €1,69 €
Oficial administrativo/a (a extinguir)1.343,77 €1.370,64 €19.188,96 €1,69 €
Ayudante (a extinguir)1.259,86 €1.285,06 €17.990,84 €1,54 €
Auxiliar administrativo/a de caja (a extinguir)1.218,66 €1.243,03 €17.402,42 €1,54 €
Mozo/a1.218,66 €1.243,03 €17.402,42 €1,54 €
Personal de limpieza1.218,66 €1.243,03 €17.402,42 €1,54 €

Salario base mensual en 14 pagas. 2025: anexo II y 2026: anexo V de BOE-A-2026-4220, las dos «a cuenta» del próximo convenio (art. 3.4). Pluses mensuales del personal facultativo en 2026: regente 167,88 €, sustituto 167,88 €, adjunto 91,49 € y facultativo 91,49 € (art. 37). Leído en el BOE el 9 de octubre de 2026.

Horas extra y guardias: lo que se paga por hora en 2026

CategoríaExtra diurna laborableExtra festiva o nocturnaExtra nocturna festivaGuardia laborableGuardia festiva
Facultativo/a30,83 €38,39 €42,18 €19,89 €26,89 €
Técnico/a en farmacia20,88 €25,94 €28,59 €13,45 €18,22 €
Administrativo/a19,89 €24,79 €27,32 €12,88 €17,37 €
Auxiliar de farmacia18,92 €23,68 €26,05 €12,35 €16,53 €
Mozo/a y limpieza17,23 €21,43 €23,53 €11,21 €14,99 €

Anexo V de BOE-A-2026-4220. «Extra festiva o nocturna»: la tabla da el mismo importe a la hora extra diurna festiva y a la nocturna laborable. Guardia: cada hora complementaria del servicio de guardia (no es hora extra, art. 24.2). En farmacias rurales, además, complemento diario de guardia: 17,53 € laborable y 20,17 € festivo para facultativos; 11,78 € y 13,45 € para técnicos y auxiliares.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
1.785 horas al año, la última cifra que fija el convenio (2024, art. 20.1), y 1.702 si te contratan solo para trabajar de noche (art. 23.3). Si la comunidad obliga a la farmacia a abrir más horas, el exceso se paga como horas complementarias (art. 20.2). En jornada continuada de más de seis horas, 20 minutos de descanso que cuentan como trabajo (art. 21.3).
Fines de semana
En farmacias con más de dos empleados y horario ampliado, quien trabaja de lunes a domingo libra al menos un fin de semana al mes (art. 21.4).
Pagas
14: doce mensualidades y dos extras iguales al salario base más el complemento personal de garantía, el 24 de junio y el 22 de diciembre. Se pueden prorratear si lo acordáis (art. 36).
Vacaciones
Las del Estatuto de los Trabajadores (30 días naturales como mínimo), de mayo a octubre. Si no puedes cogerlas en esos meses por causa ajena a ti, tienes cinco días hábiles más (art. 26).
Antigüedad
No hay plus de antigüedad. Solo se mantiene, a título personal, el complemento personal de garantía que se cobraba en 2010, que sube con la tabla (art. 38).
Guardias y horas extra
Las horas de guardia se pagan según la tabla o con una hora de descanso por cada una, a elección del titular (art. 25.3). Las extra, en dinero o en descanso: 1 h 45 min por cada hora diurna laborable, 2 h por la festiva o la nocturna laborable y 2 h 30 min por la nocturna festiva (art. 24.5).
Baja médica
La farmacia completa hasta el 100 % de tu retribución en accidente de trabajo y enfermedad profesional y, en enfermedad común, si hay hospitalización o es una enfermedad grave, durante un máximo de seis meses (art. 47).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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¿Te avisamos cuando cambie el convenio de oficinas de farmacia?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Te escribimos el día que se publiquen las nuevas. Nada más.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de oficinas de farmacia

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de oficinas de farmacia en 2026?
En las actas de la Comisión Paritaria que publica el BOE. La última (BOE-A-2026-4220, 23 de febrero de 2026) aplica a la tabla de 2024 un 2 % a cuenta para 2025 y otro 2 % para 2026. En 2026, en 14 pagas: facultativo 2.223,37 € al mes (31.127,18 € al año), técnico en farmacia 1.507,27 €, auxiliar de farmacia 1.370,64 €, administrativo 1.439,70 € y mozo o limpieza 1.243,03 €. Son cifras provisionales: según el acta, esas subidas se integrarán en las tablas del próximo convenio «como base mínima de partida».
¿Cuánto cobra un auxiliar o un técnico de farmacia en 2026?
Con la tabla provisional de 2026 (BOE-A-2026-4220), el auxiliar de farmacia cobra un salario base de 1.370,64 € brutos al mes y el técnico en farmacia, 1.507,27 €, en 14 pagas: 19.188,96 € y 21.101,78 € al año. Aparte van las horas de guardia, la nocturnidad (1,69 € y 1,82 € por hora) y las horas extra. El convenio no tiene plus de antigüedad.
¿Cuánto cobra un farmacéutico adjunto según el convenio?
En 2026, a cuenta del próximo convenio, 2.223,37 € de salario base al mes en 14 pagas (31.127,18 € al año) más el plus de adjunto, 91,49 € al mes. El regente y el sustituto cobran el mismo salario base con un plus de 167,88 €. Las horas de guardia se pagan a 19,89 € (laborable) y 26,89 € (festiva).
¿Por qué las tablas de farmacia son «provisionales»?
Porque el XXV convenio venció en 2024 y el XXVI no se ha firmado. El art. 3.4 sube la tabla un 2 % cada enero, a cuenta, si el PIB del año anterior creció más de un 1 %. Así se hizo para 2025 y 2026 (BOE-A-2026-4220). Según el acta, cuando se firme el nuevo convenio esas subidas se integrarán en sus tablas «como base mínima de partida».
¿Las horas de guardia de la farmacia son horas extra?
No. El convenio las trata como horas complementarias, fuera de la jornada anual, para cumplir el servicio de guardia obligatorio (arts. 24.2 y 25). Se pagan con su propia tarifa (en 2026, de 11,21 € a 19,89 € la hora laborable según la categoría) o con una hora de descanso por cada una, a elección del titular de la farmacia.
¿A quién se aplica el convenio de oficinas de farmacia?
A quienes trabajan en todo el personal asalariado de las oficinas de farmacia de España, sea cual sea su puesto: farmacéuticos, técnicos, auxiliares, administración, mozos y limpieza (arts. 1 y 2). Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El XXV Convenio colectivo estatal para oficinas de farmacia se publicó en el BOE del 28 de diciembre de 2022 (BOE núm. 311), con las tablas provisionales de 2025 y 2026 publicadas el 23 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4220) con la referencia BOE-A-2022-23018. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.
Salarios reales de este sector
Farmaceutico

El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

¿Te han despedido? Qué hacer en los 20 días hábiles y cuánto cuesta un abogado laboralista (y cuándo es gratis).

Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.