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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de atención a personas con discapacidad en 2026? En el anexo del propio convenio, que trae las tablas de 2025, 2026 y 2027 (art. 32) para los centros de atención especializada y los centros especiales de empleo. En 2026, salario base mensual en 14 pagas: titulado/a nivel 3, 2.027,14 €; nivel 2, 1.540,63 €; técnico superior, 1.419,00 €; técnico, 1.146,78 €; técnico auxiliar, 1.077,28 €, y operario/a, 1.015,00 €. A los tres años con la formación de la empresa se suma un 9,2 % (N1) y a los seis, otro 7,2 % (N2). Si el total anual no llega al SMI, la empresa lo completa (disposición transitoria sexta).

Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de discapacidad 2026

Residencias, centros de día, centros ocupacionales y centros especiales de empleo: un convenio estatal con las tablas de 2025, 2026 y 2027 ya cerradas. Y una trampa: en tres grupos, el salario base no llega al SMI.

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Qué es el convenio de atención a personas con discapacidad y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, publicado en el BOE del 9 de abril de 2025 (BOE núm. 86), con las tablas de 2025, 2026 y 2027. Se aplica a los centros y servicios privados de atención, diagnóstico, rehabilitación, formación, educación e integración laboral de personas con discapacidad, sea cual sea su financiación, y los públicos que gestiona una entidad privada. Distingue tres tipos: centros de atención especializada (residencias, centros de día, ocupacionales…), centros especiales de empleo y centros educativos (art. 1).

Está vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 (art. 6) y después se prorroga por años si nadie lo denuncia (art. 7). En los centros de atención especializada y en los centros especiales de empleo clasifica en cuatro grupos (art. 88): I personal directivo; II titulado (nivel 3, máster; nivel 2, grado); III técnico (técnico superior; técnico, con FP de grado medio; técnico auxiliar, sin titulación específica), y IV operario/auxiliar, para personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción en un centro especial de empleo. Los centros educativos tienen grupos y tablas propios (título V).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2025-7169) →

Las cifras del convenio de atención a personas con discapacidad, del BOE

Titulado/a nivel 2 (grado), salario base 20261.540,63 € / mes · 21.568,82 € / año
Técnico/a superior, salario base 20261.419,00 € / mes · 19.866,00 € / año
Técnico/a, salario base 20261.146,78 € / mes · 16.054,92 € / año
Técnico/a auxiliar, salario base 20261.077,28 € / mes · 15.081,92 € / año

Salario base («salario de entrada») de 2026 del anexo de BOE-A-2025-7169, en 14 pagas (art. 44); el anual es el mensual por 14. Técnico, técnico auxiliar y operario quedan por debajo del SMI de 2026 (17.094 € al año) y se completan hasta él. Leído en el BOE el 9 de octubre de 2026.

Centros de atención especializada y centros especiales de empleo: 2026

Grupo (art. 88)Salario base+ N1 (9,2 %)+ N2 (7,2 %)Salario de referenciaHora nocturna
Titulado/a nivel 3 (máster)2.027,14 €186,50 €145,95 €2.359,60 €4,12 €
Titulado/a nivel 2 (grado)1.540,63 €141,74 €110,93 €1.793,29 €3,13 €
Técnico/a superior1.419,00 €130,55 €102,17 €1.651,52 €2,89 €
Técnico/a1.146,78 €105,50 €82,57 €1.334,86 €2,33 €
Técnico/a auxiliar1.077,28 €99,11 €77,56 €1.253,96 €2,19 €
Operario/a (centro especial de empleo)1.015,00 €93,38 €73,08 €1.181,96 €2,07 €

Importes mensuales en 14 pagas. Salario de referencia = salario base + N1 + N2 (art. 29.4). N1 se cobra a los tres años en la empresa y N2 tres años después, si has hecho la formación prevista (art. 34). Fuente: tablas de 2026 del anexo de BOE-A-2025-7169.

Salario base por año: 2025, 2026 y 2027

Grupo202520262027
Titulado/a nivel 31.997,19 €2.027,14 €2.057,55 €
Titulado/a nivel 21.517,86 €1.540,63 €1.563,74 €
Técnico/a superior1.398,03 €1.419,00 €1.440,29 €
Técnico/a1.129,84 €1.146,78 €1.163,99 €
Técnico/a auxiliar1.061,36 €1.077,28 €1.093,44 €
Operario/a1.000,00 €1.015,00 €1.030,25 €

Salario base mensual en 14 pagas, tablas del anexo de BOE-A-2025-7169. Desde 2028, si no hay otro acuerdo, sube el IPC del año anterior con un mínimo del 1,5 % y un máximo del 4 % (art. 32.2). Cada vez que sube el SMI, la comisión negociadora debe reunirse en un mes para ajustar las tablas (art. 32.4).

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
1.720 horas de trabajo efectivo al año, con 38 horas y 30 minutos de media semanal, en los centros asistenciales y en los centros especiales de empleo (arts. 92 y 95). Entre una jornada y la siguiente, 12 horas de descanso como mínimo, y la jornada partida, en dos tramos como mucho (art. 47).
Pagas
Dos extras, antes del 30 de junio y del 23 de diciembre, con el salario base y los complementos N1 y N2; se pueden prorratear por acuerdo (art. 44).
Vacaciones
25 días laborables, preferentemente en verano; tres de ellos los eliges tú avisando con diez días de antelación (art. 51).
Antigüedad
Ya no se genera: lo que se cobraba hasta el 30 de junio de 2012 por antigüedad quedó congelado en un complemento personal que no sube ni se puede absorber (art. 33).
Nocturnidad y festivos
Trabajar entre las 22:00 y las 6:00 se paga con un 25 % del salario base por hora (la tabla da el importe por hora, art. 35). Cada hora en uno de los 14 festivos, 3,85 € más un día de descanso si el festivo era de libranza (art. 36).
Salario mínimo
Si el salario anual en su conjunto queda por debajo del SMI, la empresa paga un complemento personal absorbible hasta llegar a él (disposición transitoria sexta).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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¿Te avisamos cuando cambie el convenio de atención a personas con discapacidad?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Te escribimos el día que se publiquen las nuevas. Nada más.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de atención a personas con discapacidad

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de atención a personas con discapacidad en 2026?
En el anexo del propio convenio, que trae las tablas de 2025, 2026 y 2027 (art. 32) para los centros de atención especializada y los centros especiales de empleo. En 2026, salario base mensual en 14 pagas: titulado/a nivel 3, 2.027,14 €; nivel 2, 1.540,63 €; técnico superior, 1.419,00 €; técnico, 1.146,78 €; técnico auxiliar, 1.077,28 €, y operario/a, 1.015,00 €. A los tres años con la formación de la empresa se suma un 9,2 % (N1) y a los seis, otro 7,2 % (N2). Si el total anual no llega al SMI, la empresa lo completa (disposición transitoria sexta).
¿Cuánto cobra un cuidador o un auxiliar en un centro de discapacidad en 2026?
Depende de la titulación que exija el puesto (art. 88). Si no exige ninguna específica, es técnico/a auxiliar: 1.077,28 € de salario base al mes en 14 pagas (15.081,92 € al año). Si exige un título de FP de grado medio, técnico/a: 1.146,78 € (16.054,92 €). Las dos cifras quedan por debajo del SMI de 2026 (17.094 € al año a jornada completa), así que la empresa tiene que completar hasta él. A los tres y a los seis años se suman los complementos N1 (9,2 %) y N2 (7,2 %).
¿Qué son los complementos N1 y N2 del convenio de discapacidad?
Son el complemento de desarrollo y capacitación profesional, que sustituyó al antiguo complemento de desarrollo profesional (CDP). N1 es un 9,2 % del salario base y se cobra a los tres años en la empresa; N2, un 7,2 % más, tres años después. En los dos casos hace falta haber hecho la formación prevista por la empresa (art. 34). Desde 2028 se añade un tercer nivel, N3.
¿Este convenio se aplica a los profesores de un colegio de educación especial?
Sí, pero con tablas propias: el personal docente de los centros educativos concertados cobra en pago delegado y tiene su propio título del convenio (título V, art. 106). Las tablas de esta página son las de los centros de atención especializada y los centros especiales de empleo.
¿A quién se aplica el convenio de atención a personas con discapacidad?
A quienes trabajan en los centros y servicios privados de atención, diagnóstico, rehabilitación, formación, educación e integración laboral de personas con discapacidad, sea cual sea su financiación, y los públicos que gestiona una entidad privada. Distingue tres tipos: centros de atención especializada (residencias, centros de día, ocupacionales…), centros especiales de empleo y centros educativos (art. 1). Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad se publicó en el BOE del 9 de abril de 2025 (BOE núm. 86), con las tablas de 2025, 2026 y 2027 con la referencia BOE-A-2025-7169. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.
Salarios reales de este sector
Educador social
Integrador social
Terapeuta ocupacional
Logopeda
Fisioterapeuta
Psicologo

El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

¿Te han despedido? Qué hacer en los 20 días hábiles y cuánto cuesta un abogado laboralista (y cuándo es gratis).

Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.