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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de gimnasios e instalaciones deportivas en 2026? En el anexo II del propio convenio (BOE-A-2024-1506), que trae las tablas de 2023, 2024 y 2025. En 2025, salario base mensual en 14 pagas: grupo 1, 1.422,65 €; grupo 2, de 1.304,09 € (nivel 1) a 1.263,45 € (nivel 2); grupo 3, de 1.220,13 € a 1.191,49 €; grupo 4, de 1.162,85 € a 1.151,39 €, y grupo 5, 1.147,94 €. La tabla de 2026 no está publicada en el BOE: según el art. 39 sube el IPC real de 2025 más 0,50 %.

Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de gimnasios e instalaciones deportivas

Monitores, socorristas, recepcionistas y coordinadores de gimnasios, piscinas, clubes de tenis y golf: un convenio estatal con cinco grupos y una tabla de 2025. Y un detalle: monitor, socorrista y recepcionista quedan por debajo del SMI de 2026.

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Qué es el convenio de gimnasios e instalaciones deportivas y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente V Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, publicado en el BOE del 26 de enero de 2024, con las tablas de 2023, 2024 y 2025. Se aplica a las empresas que ofrecen servicios relacionados con el ejercicio físico: la práctica deportiva amateur o profesional, la recreativa o de ocio y la vigilancia acuática. Da igual que sea en un gimnasio, un club de natación, tenis o golf, una instalación pública que gestiona una empresa privada o un evento deportivo (art. 1).

La vigencia llegó hasta el 31 de diciembre de 2025 (art. 3). Si nadie lo denuncia se prorroga por años y cada 1 de enero las retribuciones suben el IPC real del año anterior más un 0,50 % (art. 39); la comisión se reúne en enero para calcular y publicar la tabla. Clasifica en cinco grupos (art. 44): 1, dirección y gerencia; 2, directores de departamento (nivel 1) y fisioterapeutas, enfermería, contabilidad o jefatura de mantenimiento (nivel 2); 3, coordinadores (nivel 1) y monitores multidisciplinares (nivel 2); 4, socorristas, monitores unidisciplinares, recepción y oficiales de mantenimiento (nivel 1) y personal auxiliar y de control de acceso (nivel 2); y 5, limpieza, vestuarios y peones de mantenimiento.

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2024-1506) →

Las cifras del convenio de gimnasios e instalaciones deportivas, del BOE

Coordinador/a (grupo 3, nivel 1), salario base 20251.220,13 € / mes · 17.081,85 € / año
Monitor/a multidisciplinar (grupo 3, nivel 2), 20251.191,49 € / mes · 16.680,87 € / año
Socorrista, monitor/a unidisciplinar o recepción (grupo 4, nivel 1), 20251.162,85 € / mes · 16.279,89 € / año
Limpieza, vestuarios, peón (grupo 5), 20251.147,94 € / mes · 16.071,12 € / año

Salario base de 2025 del anexo II de BOE-A-2024-1506, en 14 pagas (art. 38); el anual es el mensual por 14. Con las tablas de 2025, el nivel 1 del grupo 3 queda en 12,15 € al año por debajo del SMI de 2026 (17.094 €) y el nivel 2 del grupo 3, el grupo 4 y el grupo 5, bastante más. Leído en el BOE el 12 de octubre de 2026.

Tabla salarial de 2025 por grupo y nivel

Grupo y nivelBase / mes (14 pagas)Base / añoHora ordinariaHora extra (1,5)Hora extra festiva (1,75)Hora nocturna
Grupo 1 · dirección y gerencia1.422,65 €19.917,08 €11,37 €17,05 €19,89 €1,71 €
Grupo 2 · nivel 1 · direcciones de departamento1.304,09 €18.257,32 €10,42 €15,63 €18,24 €1,56 €
Grupo 2 · nivel 2 · fisioterapia, enfermería, contabilidad1.263,45 €17.688,26 €10,10 €15,14 €17,67 €1,51 €
Grupo 3 · nivel 1 · coordinación, oficial 1.ª1.220,13 €17.081,85 €9,75 €14,62 €17,06 €1,46 €
Grupo 3 · nivel 2 · monitor/a multidisciplinar1.191,49 €16.680,87 €9,52 €14,28 €16,66 €1,43 €
Grupo 4 · nivel 1 · socorrista, monitor/a, recepción1.162,85 €16.279,89 €9,29 €13,94 €16,26 €1,39 €
Grupo 4 · nivel 2 · auxiliar, control de acceso1.151,39 €16.119,49 €9,20 €13,80 €16,10 €1,38 €
Grupo 5 · limpieza, vestuarios, peón1.147,94 €16.071,12 €9,17 €13,76 €16,05 €1,38 €

Importes brutos de 2025 del anexo II de BOE-A-2024-1506. La hora nocturna es el plus (art. 37) para quien trabaja de 22:00 a 6:00 sin ser trabajador nocturno. La columna de horas extra es el importe si no se compensan con descanso (art. 36).

Salario base mensual por año: 2023, 2024 y 2025

Grupo y nivel202320242025
Grupo 11.360,80 €1.381,21 €1.422,65 €
Grupo 2 · nivel 11.247,40 €1.266,11 €1.304,09 €
Grupo 2 · nivel 21.208,52 €1.226,65 €1.263,45 €
Grupo 3 · nivel 11.150,20 €1.173,20 €1.220,13 €
Grupo 3 · nivel 21.123,20 €1.145,66 €1.191,49 €
Grupo 4 · nivel 11.096,20 €1.118,12 €1.162,85 €
Grupo 4 · nivel 21.085,40 €1.107,11 €1.151,39 €
Grupo 51.082,14 €1.103,79 €1.147,94 €

En 14 pagas. Los efectos económicos arrancaron el 1 de mayo de 2023. Plus de transporte (art. 40): 2,80 €, 2,90 € y 3,00 € por día trabajado en 2023, 2024 y 2025.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
1.752 horas de trabajo efectivo al año, de lunes a domingo, en jornada partida o continuada, con un máximo de 40 horas a la semana y entre 6 y 9 diarias. En jornadas continuadas de 6 o más horas hay 20 minutos de descanso que cuentan como trabajo, y doce horas entre una jornada y la siguiente (art. 26). A monitores y socorristas se les pueden fijar cuadrantes de invierno (septiembre a junio) y de verano.
Pagas
Dos extras de treinta días de salario base, en junio y diciembre; se pueden prorratear si lo acuerdan empresa y persona trabajadora (art. 38).
Vacaciones
23 días laborables al año, en un máximo de tres bloques: quince días seguidos entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, y otros dos de al menos tres días (art. 34).
Nocturnidad
Si trabajas al menos tres horas de tu jornada entre las 22:00 y las 6:00, cobras el 15 % del coste de la hora ordinaria por cada hora nocturna; si acabas después de las 22:00 o empiezas antes de las 6:00 sin llegar a ser nocturno, el plus de la tabla por hora (art. 37).
Varios centros
Si en una misma jornada trabajas en municipios distintos, un complemento de movilidad del 15 % del salario base; si te trasladan de centro, el 10 % mientras dure (art. 13).
Horas extra
Los domingos y festivos se compensan con 1,75 horas de descanso por hora y el resto con 1,5; si no se compensan, se pagan con el importe de la tabla (art. 36).
Antigüedad
El convenio no fija un plus de antigüedad. Quien cobra por encima de la tabla de su categoría recibe cada año un incremento igual al IPC real del anterior sobre su salario base (art. 6).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Este aviso todavía no está en marcha: si te apuntas, guardamos tu correo solo para esto y te escribimos cuando lo esté.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de gimnasios e instalaciones deportivas

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de gimnasios e instalaciones deportivas en 2026?
En el anexo II del propio convenio (BOE-A-2024-1506), que trae las tablas de 2023, 2024 y 2025. En 2025, salario base mensual en 14 pagas: grupo 1, 1.422,65 €; grupo 2, de 1.304,09 € (nivel 1) a 1.263,45 € (nivel 2); grupo 3, de 1.220,13 € a 1.191,49 €; grupo 4, de 1.162,85 € a 1.151,39 €, y grupo 5, 1.147,94 €. La tabla de 2026 no está publicada en el BOE: según el art. 39 sube el IPC real de 2025 más 0,50 %.
¿Cuánto cobra un monitor de gimnasio o un socorrista por convenio en 2026?
Depende de si imparte una sola actividad o varias. Un monitor o un socorrista sin otra actividad dirigida está en el grupo 4, nivel 1 (art. 44): 1.162,85 € de salario base al mes en 14 pagas con la tabla de 2025 (16.279,89 € al año). El monitor multidisciplinar, que imparte más de una disciplina, es grupo 3, nivel 2: 1.191,49 € (16.680,87 €). La tabla de 2026 no está publicada en el BOE; el art. 39 la sube el IPC real de 2025 más 0,50 %. Las dos cifras de 2025 quedan por debajo del SMI de 2026 (17.094 € al año a jornada completa).
¿Qué pasa si la tabla del convenio queda por debajo del salario mínimo?
Manda el SMI: es un mínimo legal que ningún convenio puede rebajar (art. 27 del Estatuto de los Trabajadores). Con la tabla de 2025, el nivel 2 del grupo 3, el grupo 4 y el grupo 5 no llegan a los 17.094 € del SMI de 2026, y el nivel 1 del grupo 3 se queda a 12,15 €. Si cobras a jornada completa y tu salario anual no llega a esa cifra, reclama la diferencia.
¿El convenio de gimnasios sube cada año aunque no se negocie?
Sí: llegado el fin de la vigencia sin denuncia, se prorroga por años y cada 1 de enero sube el IPC real del año anterior más un 0,50 % (art. 39). La comisión negociadora se reúne en enero para publicar la tabla. Si en tres meses no se ha publicado en el BOE, la subida se aplica igual desde el 1 de enero.
¿Cuántas horas al año trabaja un monitor de gimnasio?
La jornada anual es de 1.752 horas de trabajo efectivo, con un máximo de 40 horas a la semana y entre 6 y 9 diarias a jornada completa (art. 26). A tiempo parcial se calcula en la misma proporción.
¿A quién se aplica el convenio de gimnasios e instalaciones deportivas?
A quienes trabajan en las empresas que ofrecen servicios relacionados con el ejercicio físico: la práctica deportiva amateur o profesional, la recreativa o de ocio y la vigilancia acuática. Da igual que sea en un gimnasio, un club de natación, tenis o golf, una instalación pública que gestiona una empresa privada o un evento deportivo (art. 1). Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El V Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios se publicó en el BOE del 26 de enero de 2024, con las tablas de 2023, 2024 y 2025 con la referencia BOE-A-2024-1506. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.