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Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de industrias cárnicas

Peones, ayudantes, oficiales, carretilleros, conductores-repartidores, encargados y personal de oficina de mataderos, salas de despiece y fábricas de embutidos y elaborados cárnicos: un convenio estatal con una sola tabla para toda España, que además paga pluses por trabajar en cámaras de frío o en la cadena de matanza.

Avísame cuando salgan las tablas nuevas

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de industrias cárnicas en 2026? En el anexo 5 del convenio (BOE-A-2025-13965), con una sola tabla para toda España. La de 2025 se publicó como provisional y la Comisión Paritaria la convirtió en definitiva el 19 de enero de 2026, porque el IPC de diciembre de 2025 fue del 2,9 % y la cláusula de revisión solo se activa por encima del 3 % (anexo 16; BOE-A-2026-3593). Esa tabla es además la base de los salarios de 2026. Hoy no hay tabla de 2026 publicada en el BOE. Salario anual de 2025: peón, 19.804,15 €; ayudante, 20.459,93 €; oficial de segunda, 21.083,40 €; oficial de primera obrero, conductor-repartidor y carretillero, 21.393,23 €; encargado, 22.615,10 €. Leído en el BOE el 21 de octubre de 2026.

Qué es el convenio de industrias cárnicas y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas 2024-2025, publicado en el BOE del 7 de julio de 2025, con las tablas de 2025 ya definitivas (BOE-A-2026-3593). Se aplica a las empresas cuya actividad principal es el sacrificio, el despiece, el deshuese, la elaboración, la transformación o la distribución de carnes y derivados, incluida la carne de caza, y la recogida y tratamiento de subproductos animales no destinados al consumo humano (art. 2). También a quien trabaje para una empresa de servicios, multiservicios o cooperativa que presta esos mismos servicios a una industria cárnica (art. 3). No es el convenio de la carnicería-charcutería de barrio ni del supermercado, que tienen el de comercio de su provincia.

Lo firmaron el 17 de febrero de 2025 las patronales ANICE, FECIC, ANAGRASA, ANAFRIC y AGEMCEX y los sindicatos CCOO Industria y UGT-FICA. Rige del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025, pero se mantiene vigente hasta que lo sustituya otro (art. 4): hoy sigue aplicándose. Clasifica las categorías en dos bloques: técnicos y administrativos (técnico superior y medio, jefe administrativo, oficiales, auxiliar y subalterno) y producción y oficios (encargado, conductor mecánico, oficial de primera, oficial de segunda, ayudante y peón).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2025-13965) →

Las cifras del convenio de industrias cárnicas, del BOE

Peón, salario anual de la tabla de 202519.804,15 € / año · 11,33 € por hora de jornada
Oficial de primera, conductor-repartidor y carretillero21.393,23 € / año · 12,24 € por hora
Encargado22.615,10 € / año · 12,94 € por hora
Técnico titulado superior31.614,66 € / año · 2.258,19 € en 14 pagas

Salario anual de la tabla de 2025 del anexo 5, definitiva desde enero de 2026 (BOE-A-2026-3593) y base de 2026. El convenio da el mensual solo para técnicos y administrativos (14 pagas); para el personal de producción da el anual y el salario diario, y el mensual de la tabla de abajo es el anual dividido entre 14, un cálculo propio para comparar. Todos superan el SMI de 2026 (17.094 € al año). Sin pluses ni antigüedad consolidada. Leído en el BOE el 21 de octubre de 2026.

Tabla salarial de 2025 (base de 2026) por categoría

CategoríaSalario anualMensual (÷14)Hora de descuentoHora extra
Técnico titulado superior31.614,66 €2.258,19 €18,086 €27,129 €
Técnico titulado medio27.143,76 €1.938,84 €15,528 €23,293 €
Jefe administrativo24.349,08 €1.739,22 €13,930 €20,895 €
Oficial de primera administrativo22.575,84 €1.612,56 €12,915 €19,373 €
Oficial de segunda administrativo21.822,78 €1.558,77 €12,484 €18,727 €
Auxiliar administrativo20.469,54 €1.462,11 €11,710 €17,565 €
Subalterno19.774,44 €1.412,46 €11,313 €16,969 €
Encargado22.615,10 €1.615,36 €12,938 €19,445 €
Conductor mecánico21.722,60 €1.551,61 €12,427 €18,677 €
Oficial de primera obrero, conductor-repartidor y carretillero21.393,23 €1.528,09 €12,239 €18,394 €
Oficial de segunda21.083,40 €1.505,96 €12,061 €18,128 €
Ayudante20.459,93 €1.461,42 €11,705 €17,592 €
Peón19.804,15 €1.414,58 €11,330 €17,028 €

Importes brutos del anexo 5 (tabla de 2025, +3 % sobre la de 2024, definitiva por BOE-A-2026-3593). La columna mensual de producción y oficios es un cálculo propio (anual ÷ 14); en técnicos y administrativos es la del convenio. A la hora de descuento hay que sumar la antigüedad consolidada de cada persona. El convenio ya no genera antigüedad nueva (art. 59).

Pluses y complementos de 2025

ConceptoImporte 2025Cómo se cobra
Plus de penosidad (art. 57, anexo 5)0,673 a 1,044 € por horaPor hora trabajada en cámaras a 6 grados bajo cero o menos y en cadenas de matanza, triperías y otros puestos listados. El peón cobra 0,673 € y el oficial de primera obrero, 0,694 €
Plus de ruido (art. 57.c, anexo 6)0,10 € por horaPara todas las categorías, en puestos con ruido medio de 80 dBA o más cuando no se ha podido reducir, y con protección auditiva puesta
Plus de nocturnidad (art. 58, anexo 5)2,167 a 3,501 € por horaPor cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. El peón cobra 2,167 € y el oficial de primera obrero, 2,341 €
Plus sustitutorio de productividad (anexo 12)0,886 € por horaPara quien no trabaja a incentivo, tarea o destajo ni cobra ninguna gratificación; es compensable con cualquiera de ellos
Precio del punto de prima (anexo 1)0,160 €Mínimo en el sistema Bedaux o equivalente, para todas las categorías
Complemento de vacaciones o «bolsa» (anexo 4)10,260 € por día naturalMínimo para quien trabaja a incentivo cuando cobra por contratos de menos de un año; 13,998 € por día laborable
Quebranto de moneda (anexo 13)25,811 € al mesCajero, auxiliar de caja y cobrador
Dietas (anexo 9)17,344 € · 34,711 €Comida o cena · cama y desayuno; fuera de España, 110,724 € por día completo

Importes de 2025 del articulado y de los anexos. Pluses de 2026: sin tabla publicada. El complemento de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional lleva al 100 % de la base reguladora (anexo 18); en una operación con hospitalización por enfermedad común o accidente no laboral, 13,848 € por cada día de ingreso.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
1.748 horas de trabajo efectivo al año desde 2025 (1.760 en 2024), con un máximo de 8 horas al día. Las empresas pueden repartirla de forma irregular con el calendario publicado antes del 15 de febrero, hasta 9 horas ordinarias al día, y disponer de hasta 145 horas al año para alargar la jornada hasta 10 horas (anexo 2). Hay registro diario de jornada, que la empresa guarda cuatro años.
Vacaciones
Treinta días naturales o veintidós laborables. Se cobran con salario base, antigüedad consolidada y el promedio de incentivos o la «bolsa» de vacaciones (anexo 4).
Horas extra
Recargo del 75 % sobre el módulo de cada categoría: la hora extra es 1,75 veces el módulo (anexo 3). Los valores están en la tabla de arriba.
Antigüedad
Ya no se generan bienios ni quinquenios: solo se cobra la cantidad consolidada, que sube lo mismo que el salario base (art. 59 y anexo 8, +3 % en 2024).
Baja médica
Si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, la empresa completa hasta el 100 % de la base reguladora, sin contar pagas extra ni horas extra. Deja de pagarse si el contrato se extingue (anexo 18).
Revisión salarial
+3 % en 2024 y +3 % en 2025. Si el IPC de diciembre de 2025 superaba el 3 %, había un incremento adicional de hasta el 1 % para 2026; fue del 2,9 %, así que no se aplicó (anexo 16 y BOE-A-2026-3593).
Seguro de accidente
Las empresas sin cobertura propia contratan una póliza colectiva por muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez derivadas de accidente de trabajo (anexo 11).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.
Compara con… salarios reales de este sector
Operario/a de Fábrica
2.083 € brutos al mes de media
Operador/a Carretilla Elevadora
2.020 € brutos al mes de media
Tecnólogo/a Alimentario
3.083 € brutos al mes de media

El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

Siguiente paso
¿Cuánto queda neto? peón, salario anual de la tabla de 2025: 19.804,15 € brutos al año →

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

Revisar mi nómina gratis → Ver mi convenio →

Si dejas la empresa, la calculadora de finiquito te dice cuánto te deben de vacaciones y pagas con el sueldo de esta tabla; si te despiden, la de indemnización por despido hace la cuenta de los 33 o 20 días por año.

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¿Quieres saber cuándo cambian las tablas del convenio de industrias cárnicas?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Este aviso todavía no está en marcha: si te apuntas, guardamos tu correo solo para esto y te escribimos cuando lo esté.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de industrias cárnicas

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de industrias cárnicas en 2026?
En el anexo 5 del convenio (BOE-A-2025-13965), con una sola tabla para toda España. La de 2025 se publicó como provisional y la Comisión Paritaria la convirtió en definitiva el 19 de enero de 2026, porque el IPC de diciembre de 2025 fue del 2,9 % y la cláusula de revisión solo se activa por encima del 3 % (anexo 16; BOE-A-2026-3593). Esa tabla es además la base de los salarios de 2026. Hoy no hay tabla de 2026 publicada en el BOE. Salario anual de 2025: peón, 19.804,15 €; ayudante, 20.459,93 €; oficial de segunda, 21.083,40 €; oficial de primera obrero, conductor-repartidor y carretillero, 21.393,23 €; encargado, 22.615,10 €. Leído en el BOE el 21 de octubre de 2026.
¿Cuánto cobra un peón de una industria cárnica por convenio?
Según la tabla de 2025 del convenio estatal de industrias cárnicas, 19.804,15 € brutos al año, unos 1.414,58 € al mes si se reparten en 14 pagas (cálculo propio), por encima del SMI de 2026 (17.094 €). Es la tabla definitiva y la base de los salarios de 2026 (anexo 5; BOE-A-2026-3593). Encima van el plus de nocturnidad (2,167 € por hora) y el de penosidad (0,673 € por hora) cuando corresponden.
¿Cuánto cobra un oficial de primera o un carretillero en una cárnica?
21.393,23 € brutos al año en la tabla de 2025: es la misma categoría para el oficial de primera obrero, el conductor-repartidor y el carretillero (anexo 5). Equivale a 12,239 € por hora de descuento y a unos 1.528,09 € al mes en 14 pagas (cálculo propio).
¿Cuántas horas y cuántas vacaciones marca el convenio de industrias cárnicas?
1.748 horas de trabajo efectivo al año desde 2025 y 30 días naturales o 22 laborables de vacaciones (anexos 2 y 4). La jornada ordinaria diaria máxima es de 8 horas, ampliable hasta 10 con la distribución irregular y las 145 horas de bolsa.
¿Se cobra más por trabajar en una cámara frigorífica o en la cadena de matanza?
Sí, el plus de penosidad: de 0,673 a 1,044 € por hora trabajada, según la categoría, para quien trabaja de forma habitual en cámaras a seis grados bajo cero o menos o en puestos como el degollado, el pelado o la extracción de vísceras (art. 57 y anexo 5). Si además el ruido medio llega a 80 dBA y no se puede reducir, 0,10 € por hora.
¿Ha subido el convenio de industrias cárnicas en 2026?
Todavía no hay tabla de 2026 en el BOE. El convenio venció el 31 de diciembre de 2025 pero sigue vigente hasta que se firme otro (art. 4). El IPC de diciembre de 2025 fue del 2,9 %, por debajo del 3 % que activaba una subida extra de hasta el 1 %, así que la tabla de 2025 se quedó como definitiva y sirve de base para 2026 (anexo 16; BOE-A-2026-3593).
¿A quién se aplica el convenio de industrias cárnicas?
A quienes trabajan en las empresas cuya actividad principal es el sacrificio, el despiece, el deshuese, la elaboración, la transformación o la distribución de carnes y derivados, incluida la carne de caza, y la recogida y tratamiento de subproductos animales no destinados al consumo humano (art. 2). También a quien trabaje para una empresa de servicios, multiservicios o cooperativa que presta esos mismos servicios a una industria cárnica (art. 3). No es el convenio de la carnicería-charcutería de barrio ni del supermercado, que tienen el de comercio de su provincia. Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas 2024-2025 se publicó en el BOE del 7 de julio de 2025, con las tablas de 2025 ya definitivas (BOE-A-2026-3593) con la referencia BOE-A-2025-13965. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.

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Todos, por sector, en convenios colectivos 2026.

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.