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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de oficios 2026? Depende del convenio que aplique tu empresa. En el convenio de peluquerías, por ejemplo: grupo I, salario 2026, 1.250 € / mes · 17.500 € / año (BOE-A-2024-21671). Tu contrato no puede pagarte menos que el mínimo de tu categoría ni que el salario mínimo (1.221 € al mes en 14 pagas en 2026); si detectas diferencia, puedes reclamar atrasos de hasta 12 meses (art. 59 ET).

Convenio · Oficios

Tabla salarial del convenio
de oficios 2026

Qué convenio te aplica, dónde está tu tabla y las cifras de los convenios estatales, con su referencia del BOE. Salario medio del sector: 26.965 €/año (INE, 2024).

Respuesta rápida: Cada oficio sigue el convenio de su actividad: la construcción tiene cuantías estatales; en el metal (electricidad, fontanería, climatización, talleres) y en la limpieza las tablas son provinciales; peluquerías y centros de estética tienen tabla estatal. Como referencia, el INE da 26.965 € brutos al año de media en «Construcción» (Encuesta Anual de Estructura Salarial 2024).

Convenio de la Construcción

Tabla estatal

VII Convenio colectivo general del sector de la construcción · 6 de septiembre de 2023, con acuerdos de modificación publicados hasta 2026

Aquí sí hay cuantías estatales, y es la diferencia con el metal o la hostelería: el art. 12.1.b) reserva al convenio general la cuantía de las percepciones económicas. En 2023 fijaba una remuneración mínima anual de 18.457 € para la categoría de peón; las revisiones posteriores van en los acuerdos de modificación publicados en el BOE. Tu convenio provincial solo concreta lo que el general no cuantifica (art. 12.4.b), así que necesitas mirar los dos: primero el estatal, después el de tu provincia.

BOE-A-2023-19903 en el BOE →Ver el Convenio de la Construcción →

Convenio del Metal

Tabla provincial

IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal (CEM) · 29 de diciembre de 2021

El propio convenio estatal reserva las tablas salariales a los convenios provinciales — literalmente, su objetivo declarado es dar cobertura a los convenios de provincia para que sigan funcionando como hasta ahora. Por eso no hay, ni puede haber, una tabla del metal válida para toda España: el salario mínimo de un oficial de 1ª en Bizkaia y en Jaén los fija un convenio distinto cada uno.

BOE-A-2022-479 en el BOE →Ver el Convenio del Metal →

Convenio de Limpieza de Edificios y Locales

Tabla provincial

Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo sectorial de limpieza de edificios y locales · 23 de mayo de 2013 (BOE núm. 123)

En el convenio de tu provincia o comunidad autónoma, y no es una interpretación: el propio convenio estatal lo dice en su artículo 10.2.B, que reserva expresamente a la negociación provincial o autonómica «la cuantía del salario base y la determinación y cuantía de los complementos salariales». Por eso una limpiadora en Barcelona y otra en Las Palmas, con la misma categoría y el mismo convenio estatal por encima, tienen salarios base distintos. Busca «convenio limpieza edificios y locales» + tu provincia.

BOE-A-2013-5424 en el BOE →Ver el Convenio de Limpieza de Edificios y Locales →

Convenio de Peluquerías

Tabla estatal

Convenio colectivo de peluquerías, institutos de belleza y gimnasios · 22 de octubre de 2024

En el anexo I del propio convenio estatal, que ya trae cerradas las tablas de 2024, 2025 y 2026. Para 2026: 1.250 € al mes en el grupo I, 1.325 € en el II, 1.350 € en el III y 1.375 € en el IV, en 14 pagas. La subida extra del 1 % solo se activaba si el IPC de diciembre de 2025 pasaba del 6 %, y no pasó. Algunas provincias tienen convenio propio que mejora estas cifras, pero ninguno puede pagar menos.

CategoríaCuantía
Grupo I, salario 20261.250 € / mes · 17.500 € / año
Grupo II, salario 20261.325 € / mes · 18.550 € / año
Grupo III, salario 20261.350 € / mes · 18.900 € / año
Grupo IV, salario 20261.375 € / mes · 19.250 € / año

Tabla del año 2026 del anexo I, en 14 pagas (12 mensualidades más las extras de junio y diciembre). La cláusula adicional segunda obliga además a mantener una distancia mínima entre grupos respecto al SMI de cada año. Fuente: BOE-A-2024-21671.

BOE-A-2024-21671 en el BOE →Ver el Convenio de Peluquerías →

Salario medio en el sector

La ganancia media anual por trabajador en «Construcción» fue de 26.965 € en 2024, frente a 25.470 € en 2023. Incluye a quien trabaja a jornada parcial y no es un mínimo de convenio: tu mínimo es el de tu categoría. Fuente: INE, Encuesta Anual de Estructura Salarial 2024, tabla 28185.

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Preguntas frecuentes · Convenio Oficios

¿Qué convenio colectivo se aplica en oficios?+
Cada oficio sigue el convenio de su actividad: la construcción tiene cuantías estatales; en el metal (electricidad, fontanería, climatización, talleres) y en la limpieza las tablas son provinciales; peluquerías y centros de estética tienen tabla estatal. Los de esta página: Convenio de la Construcción (BOE-A-2023-19903); Convenio del Metal (BOE-A-2022-479); Convenio de Limpieza de Edificios y Locales (BOE-A-2013-5424); Convenio de Peluquerías (BOE-A-2024-21671).
¿Cuál es el salario mínimo por convenio en oficios en 2026?+
Depende del convenio y de tu grupo o categoría. Por ejemplo, en el convenio de peluquerías: grupo I, salario 2026, 1.250 € / mes · 17.500 € / año (BOE-A-2024-21671). En ningún caso puede quedar por debajo de el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año) en 2026 (Real Decreto 126/2026).
¿Puede mi empresa pagarme menos que el convenio de oficios?+
NO. El convenio colectivo fija el mínimo de tu grupo o categoría. Si tu empresa te paga menos, estás cobrando por debajo de lo legal y puedes reclamar las diferencias del último año: cada mensualidad prescribe al año de poder exigirse (art. 59.2 ET). Primero por escrito a la empresa, después conciliación y Juzgado de lo Social; el procedimiento es gratuito para el trabajador.
¿Cómo sé qué convenio y qué grupo profesional me corresponden?+
Tu nómina y tu contrato deben indicar el convenio aplicable y tu grupo o categoría. Si no aparece, pídeselo por escrito a la empresa. Si haces funciones de un grupo superior al que cobras, puedes reclamar la diferencia y, según el caso, la reclasificación (art. 39 ET).