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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de restauración colectiva en 2026? En el anexo del propio convenio estatal (BOE-A-2025-12598), que trae una tabla de 2025 para cada comunidad y provincia, con la subida del 2 % de ese año (art. 31). En Madrid, el salario base va de 1.087,72 € al mes (monitor/a de comedor y patio, auxiliar de servicio) a 1.194,31 € (jefe/a de cocina, dietista), con dos pagas extra; en Barcelona, de 1.146,86 € a 1.792,12 €. Las tablas de 2026 no se han publicado en el BOE: el nuevo convenio sigue en negociación. Si el salario anual no llega al SMI, la empresa lo completa (disposición transitoria cuarta).

Convenio colectivo

Convenio de restauración colectiva 2026: tablas y jornada

Comedores de empresa, de colegios o de hospitales gestionados por una empresa de colectividades: tienen convenio estatal propio, el último de 2025. Pero la tabla no es una sola: cada provincia conserva la suya.

Avísame cuando salgan las tablas nuevas

Qué es el convenio de restauración colectiva y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente Convenio colectivo estatal de restauración colectiva, publicado en el BOE del 20 de junio de 2025 (BOE núm. 148), con las tablas de 2025 por comunidad y provincia en su anexo. Se aplica a las empresas que, como intermediarias entre un cliente y sus comensales, preparan y sirven comidas a un colectivo concreto y no al público en general, en las instalaciones del cliente o en las suyas: por ejemplo, el comedor de una empresa, de un colegio o de un hospital, también por concesión administrativa, y el catering de eventos de esas empresas. Quedan fuera el catering aéreo, la hostelería de aeropuertos y estaciones y lo que regulan el convenio de gestión directa del País Vasco y el de monitores de Aragón (art. 2).

Lo firman Food Service España (la antigua FEADRS) y Servicios-CC. OO. (art. 1). Primero se aplica el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) y después este convenio (art. 9). Su vigencia inicial fue el año 2025 (art. 5); quedó denunciado al publicarse y sus condiciones siguen en vigor hasta que lo sustituya otro (art. 6). Entra en cada provincia a medida que vence el convenio de hostelería que se aplicaba antes (disposición adicional segunda), y cada trabajador conserva el número y la cuantía de las pagas extra de su convenio de origen (art. 30).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2025-12598) →

Las cifras del convenio de restauración colectiva, del BOE

Madrid: cocinero/a (2025)1.158,83 € / mes
Madrid: monitor/a de comedor y patio (2025)1.087,72 € / mes
Barcelona: cocinero/a o camarero/a, nivel 3 (2025)1.615,46 € / mes
Sevilla: nivel 4 y 5, monitor/a (2025)1.157,48 € / mes

Salario base mensual de 2025 del anexo de BOE-A-2025-12598. Madrid y Barcelona, dos pagas extra; Sevilla, tres. Leído en el BOE el 9 de octubre de 2026: a esa fecha no hay tablas de 2026 publicadas.

Madrid: tabla de 2025 completa

PuestosSalario base 2025
Dietista, encargado/a de establecimiento, jefe/a de cocina, cocinero/a encargado/a1.194,31 €
Responsable de auxiliares de servicio y limpieza, cocinero/a1.158,83 €
Ayudante de cocina, camarero/a, chófer, mozo/a, auxiliar administrativo/a de explotación1.123,50 €
Auxiliar de servicio de limpieza, dependiente/a de barra, pinche, marmitón, vigilante de comedor y patio (monitor/a)1.087,72 €

Salario base mensual. Dos pagas extra (junio y diciembre); nocturnidad, un 25 % sobre el salario base de 22:00 a 8:00; antigüedad: «consolidada». Con 14 pagas, ninguna de las cuatro llega al SMI de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas): si tu salario en su conjunto y en cómputo anual no llega, la empresa paga la diferencia. Fuente: anexo de BOE-A-2025-12598, Madrid.

Barcelona: tabla de 2025 completa

Nivel y puestosSalario base 2025
Nivel 1: jefe/a de cocina, de operaciones o de sala, supervisor/a de explotaciones, encargado/a general1.792,12 €
Nivel 2: segundo/a jefe/a de cocina, supervisor/a, cajero/a administrativo/a, jefe/a de compras, técnico/a de mantenimiento1.677,26 €
Nivel 3: cocinero/a, camarero/a, barman, dependiente/a, cajero/a, oficial de administración, dietista con un año de experiencia1.615,46 €
Nivel 4: ayudante de cocina o de camarero/a, auxiliar de servicios de colectividades, monitor/a-cuidador/a, auxiliar de oficina1.495,29 €
Nivel 5: marmitón, fregador/a, limpieza, mozo/a de almacén, pinche mayor de 18 años1.467,21 €
Nivel 5 bis: primer empleo en el sector o sin experiencia1.307,06 €
Nivel 6: pinche de 16 y 17 años, aspirante administrativo/a1.146,86 €

Salario base mensual. En las cuatro provincias catalanas, dos pagas extra (verano y Navidad), antigüedad «consolidada» y una prima de 168,44 € para quien hace de responsable del centro donde no hay encargado/a ni jefe/a de cocina. Fuente: anexo de BOE-A-2025-12598, Cataluña.

Sevilla: tabla de 2025 completa

NivelSalario base 2025
Nivel 11.299,79 €
Nivel 21.266,88 €
Nivel 31.235,90 €
Niveles 4 y 5 (monitor/a)1.157,48 €

Salario base mensual. Tres pagas extra (1 de abril, 15 de julio y 15 de diciembre) de salario base más antigüedad, y un plus convenio de 20 días de salario base más antigüedad, en octubre. Fuente: anexo de BOE-A-2025-12598, Sevilla. Las demás provincias tienen su propia tabla en el mismo anexo.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
Como máximo 1.800 horas de trabajo efectivo al año y 40 a la semana de promedio (arts. 22 y 23). En algunas provincias es menos: 1.791 en la restauración social de Cataluña, 1.794 en Valencia o 1.723 en Gipuzkoa, entre otras (art. 22).
Distribución irregular
La empresa puede distribuir de forma flexible hasta el 10 % de las horas del año, con un máximo de 9 horas al día (art. 24).
Descanso semanal
Dos días seguidos, y la empresa debe procurar que libres al menos un fin de semana al mes (art. 27).
Vacaciones
Treinta días naturales como mínimo; tienes que saber las fechas con dos meses de antelación (art. 28).
Festivos
Si trabajas los festivos, se compensan pagándolos aparte, con otro día libre o sumándolos a las vacaciones; en este último caso son 19 días (14 festivos y 5 descansos, art. 26).
Monitores de comedor
En comedores escolares y patios, el contrato a tiempo parcial no puede ser de menos de dos horas al día ni de diez a la semana de promedio (disposición adicional tercera).
Baja médica
Accidente de trabajo o enfermedad profesional: 100 % del salario real. Enfermedad común: la primera baja del año, 100 % del salario real; la segunda, 100 % del de convenio; desde la tercera, a partir del día 21. Como máximo doce meses (art. 37).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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¿Te avisamos cuando cambie el convenio de restauración colectiva?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Te escribimos el día que se publiquen las nuevas. Nada más.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de restauración colectiva

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de restauración colectiva en 2026?
En el anexo del propio convenio estatal (BOE-A-2025-12598), que trae una tabla de 2025 para cada comunidad y provincia, con la subida del 2 % de ese año (art. 31). En Madrid, el salario base va de 1.087,72 € al mes (monitor/a de comedor y patio, auxiliar de servicio) a 1.194,31 € (jefe/a de cocina, dietista), con dos pagas extra; en Barcelona, de 1.146,86 € a 1.792,12 €. Las tablas de 2026 no se han publicado en el BOE: el nuevo convenio sigue en negociación. Si el salario anual no llega al SMI, la empresa lo completa (disposición transitoria cuarta).
¿Cuánto cobra un monitor de comedor escolar por convenio?
Depende de la provincia: el convenio estatal de restauración colectiva conserva una tabla para cada una. Con las de 2025, el salario base mensual a jornada completa es de 1.087,72 € en Madrid, 1.495,29 € en Barcelona (nivel 4, monitor/a-cuidador/a) y 1.157,48 € en Sevilla. Como casi siempre es a tiempo parcial, se cobra la parte proporcional, con un mínimo de dos horas al día y diez a la semana de promedio (disposición adicional tercera).
¿Hay tablas del convenio de restauración colectiva para 2026?
No en el BOE a 9 de octubre de 2026. El convenio pactó un 2 % para 2025 y dejó para más adelante un posible incremento a cuenta de 2026, teniendo en cuenta la diferencia con el IPC real de 2025 (art. 31). Mientras no se firme el siguiente, siguen vigentes las condiciones de este (art. 6), y nadie puede cobrar menos del SMI de 2026.
¿Un cocinero de comedor de empresa va por hostelería o por restauración colectiva?
Si lo contrata una empresa de colectividades que da el servicio a otra empresa, a un colegio o a un hospital, por el convenio de restauración colectiva, que se aplica después del ALEH y tiene preferencia sobre el de hostelería de la provincia desde que entra en vigor en ella (disposición adicional segunda). Si lo contrata directamente un restaurante o un hotel, por el de hostelería de su provincia.
¿A quién se aplica el convenio de restauración colectiva?
A quienes trabajan en las empresas que, como intermediarias entre un cliente y sus comensales, preparan y sirven comidas a un colectivo concreto y no al público en general, en las instalaciones del cliente o en las suyas: por ejemplo, el comedor de una empresa, de un colegio o de un hospital, también por concesión administrativa, y el catering de eventos de esas empresas. Quedan fuera el catering aéreo, la hostelería de aeropuertos y estaciones y lo que regulan el convenio de gestión directa del País Vasco y el de monitores de Aragón (art. 2). Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El Convenio colectivo estatal de restauración colectiva se publicó en el BOE del 20 de junio de 2025 (BOE núm. 148), con las tablas de 2025 por comunidad y provincia en su anexo con la referencia BOE-A-2025-12598. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.
Salarios reales de este sector
Cocinero colectividades
Cocinero
Camarero

El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

¿Te han despedido? Qué hacer en los 20 días hábiles y cuánto cuesta un abogado laboralista (y cuándo es gratis).

Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.