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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de enseñanza privada sin concierto en 2026? En el anexo III del propio convenio, que trae ya las tablas de 2024, 2025 y 2026 (art. 64). En 2026, el profesor/a titular de Infantil, Primaria y 1.º y 2.º de ESO suma 26.971,29 € al año y el de 3.º y 4.º de ESO y Bachillerato, 28.298,49 €. Hay un anexo IV con otra tabla, en 14 pagas, solo para los centros que ya estaban acogidos a él en convenios anteriores: si tu nómina tiene 14 pagas y no 15, mira esa.

Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de enseñanza privada 2026

Colegios privados sin ningún nivel concertado: un convenio estatal con la tabla de 2026 ya publicada, quince pagas y un plus de productividad para el profesorado. Y una trampa: en administración y servicios, la tabla no llega al salario mínimo.

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Qué es el convenio de enseñanza privada sin concierto y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente XII Convenio colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado, publicado en el BOE del 26 de julio de 2024 (BOE núm. 180), con las tablas de 2024, 2025 y 2026. Se aplica a los colegios privados que no tienen ningún nivel concertado ni subvencionado con fondos públicos y dan Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato o FP del sistema educativo, y sus internados. Una escuela que solo da Infantil no entra: tiene que impartir además otra de esas enseñanzas (art. 2). Si el colegio tiene aunque sea un nivel concertado, el convenio es el de la concertada.

Lo firmaron el 3 de junio de 2024 las patronales ACADE y CECE con los sindicatos USO y FSIE. Tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2024 y dura hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 4); después se prorroga de año en año si nadie lo denuncia (art. 6). Clasifica en cuatro grupos (art. 12): personal docente, servicios complementarios (titulados como psicólogo, pedagogo, logopeda o enfermero/a, y monitores), administración y servicios generales. El sueldo tiene cuatro piezas (art. 58): salario base, plus de productividad docente, complemento de dedicación y complemento de desarrollo profesional (CPP). Un convenio autonómico más favorable tiene prioridad (art. 5).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2024-15501) →

Las cifras del convenio de enseñanza privada sin concierto, del BOE

Profesor/a titular de 3.º-4.º de ESO y Bachillerato (2026)28.298,49 € / año
Profesor/a titular de Infantil, Primaria y 1.º-2.º de ESO (2026)26.971,29 € / año
Educador/a de infantil (2026)18.724,23 € / año
Auxiliar administrativo/a, conserje, cocinero/a (2026)16.682,83 € / año

Total anual de 2026 a jornada completa: salario base en 15 pagas, plus de productividad en 11 y complemento de dedicación en 15, sin CPP ni cargos. La última fila queda por debajo del salario mínimo de 2026 (17.094 € al año): la empresa tiene que completar la diferencia. Fuente: anexo III de BOE-A-2024-15501, leído el 9 de octubre de 2026.

Profesorado: tabla de 2026 (anexo III)

Nivel y puestoBase / mes (15)Productividad (11)Total / año
Infantil, Primaria y 1.º-2.º de ESO · profesor/a titular1.620,43 €73,13 €26.971,29 €
Primaria y 1.º-2.º de ESO · profesor/a adjunto/a, ayudante o auxiliar1.300,64 €59,49 €22.024,50 €
Infantil · educador/a de infantil1.079,27 €61,33 €18.724,23 €
3.º-4.º de ESO y Bachillerato · profesor/a titular1.704,45 €79,21 €28.298,49 €
3.º-4.º de ESO y Bachillerato · profesor/a adjunto/a, ayudante o auxiliar1.609,66 €75,62 €26.837,23 €
FP de grado superior · profesor/a titular o titular de taller1.669,47 €78,40 €27.764,97 €
FP de grado medio · profesor/a titular o titular de taller1.608,38 €72,89 €26.788,01 €

El total suma además el complemento de dedicación, 124,03 € al mes en 15 pagas para todos los puestos (art. 69), si la jornada es de al menos el 60 %. Dirección en 3.º-4.º de ESO y Bachillerato: +431,91 € al mes en 15 pagas (34.777,16 € al año); en Primaria, +296,54 € (31.419,45 €). CPP por cada cinco años con la formación hecha: 55,78 € al mes en Primaria y 69,87 € en ESO y Bachillerato (art. 66). Fuente: BOE-A-2024-15501, anexo III, tablas de 2026.

Servicios complementarios, administración y servicios generales: tabla de 2026

Grupo y puestoBase / mes (15)Total / año
Grupo II-A, nivel I · letrado/a, médico/a, psicólogo/a, pedagogo/a, bibliotecario/a1.628,28 €26.284,71 €
Grupo II-A, nivel II · logopeda, enfermero/a1.546,09 €25.051,86 €
Grupo III · jefe/a de administración o secretaría1.163,96 €19.319,81 €
Grupo III · jefe/a de negociado1.062,11 €17.792,12 €
Grupo III · oficial, auxiliar o telefonista988,16 €16.682,83 €
Grupo II-B · monitor/a de actividades extracurriculares, vigilante educador/a988,16 €16.682,83 €
Grupo IV · conserje, gobernante/a, jefe/a de cocina, cocinero/a, celador/a, portero/a, servicios generales988,16 €16.682,83 €

Con el complemento de dedicación (124,03 € × 15). Las filas de 16.682,83 € no llegan al salario mínimo de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año): si lo que cobras en el año no llega, la empresa paga la diferencia. Fuente: BOE-A-2024-15501, anexo III, tablas de 2026.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Pagas
Quince: doce mensualidades y tres extras de una mensualidad de salario base, CPP, complemento de Bachillerato y cargo, antes del 1 de julio, antes del 22 de diciembre y la tercera dentro del año (art. 68). El plus de productividad docente va en once mensualidades (art. 71).
Jornada del profesorado
27 horas lectivas a la semana de referencia; al año, 1.089 lectivas, 237 no lectivas y 50 de formación (1.069 y 257 si el centro no tiene cursos de verano, salvo Infantil). Los cargos directivos suman 5 horas a la semana, 210 al año (arts. 28, 30 y 33). Con acuerdo, hasta 90 horas más al año pagadas a precio de hora ordinaria.
Jornada del resto del personal
33 horas semanales el personal titulado de servicios complementarios (1.396 al año) y 40 el resto, con un sábado libre cada dos semanas (1.724 al año). En julio y agosto, jornada continua de seis horas como máximo (arts. 29, 33 y 37).
Vacaciones
Un mes al año, más cinco días laborables (art. 40). El personal no docente tiene además seis días en Semana Santa, ocho en Navidad y tres días al año (art. 41); el docente, las mismas vacaciones de Semana Santa y Navidad que el alumnado, y la mitad de la plantilla dos semanas más en verano, por turnos (art. 42).
Antigüedad
No hay trienios. Cada cinco años en la empresa se cobra el CPP si has hecho la formación (100 horas el profesorado, 40 los grupos II y III y 15 el grupo IV); si la empresa no la ofrece, se cobra igual. Tope: el 20 % del salario base en docentes, el 30 % en el grupo II y el 40 % en los III y IV (art. 66).
Complementos
Último curso de Bachillerato: un 14 % del salario base por las horas en ese curso (art. 72). Nocturnidad: un 25 % sobre el salario base entre las 22:00 y las 6:00 (arts. 36 y 73). Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla conservan el antiguo plus de residencia o insularidad (art. 74).
Baja por enfermedad
Los tres primeros meses de incapacidad temporal, la empresa completa hasta el 100 % de la base reguladora (art. 43).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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¿Te avisamos cuando cambie el convenio de enseñanza privada sin concierto?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Te escribimos el día que se publiquen las nuevas. Nada más.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de enseñanza privada sin concierto

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de enseñanza privada sin concierto en 2026?
En el anexo III del propio convenio, que trae ya las tablas de 2024, 2025 y 2026 (art. 64). En 2026, el profesor/a titular de Infantil, Primaria y 1.º y 2.º de ESO suma 26.971,29 € al año y el de 3.º y 4.º de ESO y Bachillerato, 28.298,49 €. Hay un anexo IV con otra tabla, en 14 pagas, solo para los centros que ya estaban acogidos a él en convenios anteriores: si tu nómina tiene 14 pagas y no 15, mira esa.
¿Cuánto cobra un profesor de un colegio privado en 2026?
Con el XII Convenio de enseñanza privada (BOE-A-2024-15501, anexo III), el profesor/a titular a jornada completa cobra en 2026 26.971,29 € brutos al año en Infantil, Primaria y 1.º y 2.º de ESO y 28.298,49 € en 3.º y 4.º de ESO y Bachillerato: un salario base de 1.620,43 € o 1.704,45 € al mes en 15 pagas, más el plus de productividad (11 pagas) y el complemento de dedicación (124,03 € en 15). Se suma el CPP cada cinco años y el cargo, si lo tienes.
¿Cuántas pagas tiene el convenio de enseñanza privada?
Quince: doce mensualidades y tres pagas extra, la de verano antes del 1 de julio, la de Navidad antes del 22 de diciembre y la tercera en cualquier momento del año (art. 68). Se pueden prorratear en las doce mensualidades si lo acuerdan el centro y la plantilla. Solo los centros del anexo IV cobran en 14 pagas.
¿Qué diferencia hay entre el convenio de la privada y el de la concertada?
Depende de si el colegio tiene algún nivel concertado. Con uno solo, el convenio es el de la concertada y al profesorado de esos niveles le paga la administración educativa; sin ninguno, se aplica este convenio y paga el colegio. La privada cobra en 15 pagas y la concertada en 14.
¿A quién se aplica el convenio de enseñanza privada sin concierto?
A quienes trabajan en los colegios privados que no tienen ningún nivel concertado ni subvencionado con fondos públicos y dan Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato o FP del sistema educativo, y sus internados. Una escuela que solo da Infantil no entra: tiene que impartir además otra de esas enseñanzas (art. 2). Si el colegio tiene aunque sea un nivel concertado, el convenio es el de la concertada. Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El XII Convenio colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado se publicó en el BOE del 26 de julio de 2024 (BOE núm. 180), con las tablas de 2024, 2025 y 2026 con la referencia BOE-A-2024-15501. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.
Salarios reales de este sector
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El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

¿Te han despedido? Qué hacer en los 20 días hábiles y cuánto cuesta un abogado laboralista (y cuándo es gratis).

Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.