¿Cuál es la tabla salarial del convenio de ocio educativo y animación sociocultural en 2026? En el anexo 3 del propio convenio (BOE-A-2026-5694), la misma para toda España. Desde el 1 de octubre de 2026, el monitor/a de ocio educativo y tiempo libre tiene 18.027,98 € al año en la tabla A y 16.824,64 € en la B, que queda por debajo del SMI de 2026, así que se cobran 17.094 €; el animador/a sociocultural, 19.661,80 € y 17.838,13 €. Desde el 1 de octubre de 2027, la tabla C para todos: monitor/a, 18.749,10 €. Son salarios anuales a jornada completa en 14 pagas. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.
Tablas salariales del convenio de ocio educativo
Monitores de comedor, de patio, de extraescolares y de campamentos, animadores socioculturales, informadores juveniles y personal de ludotecas, centros cívicos y museos: un convenio estatal nuevo, de marzo de 2026, con dos tablas según quién pague el servicio y una tercera, para todos, desde octubre de 2027.
Avísame cuando salgan las tablas nuevasQué es el convenio de ocio educativo y animación sociocultural y a quién cubre
El convenio estatal se llama oficialmente IV Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural, publicado en el BOE del 11 de marzo de 2026, con tablas hasta 2027. Se aplica a las empresas y entidades privadas de ocio educativo y animación sociocultural para niños, jóvenes, adultos y mayores: comedor escolar, patio, aulas matinales, transporte escolar, extraescolares, refuerzo escolar y campamentos urbanos; centros cívicos y culturales, ludotecas, centros de tiempo libre, bibliotecas, museos e información juvenil; casas de colonias, albergues y campamentos (art. 2). Quedan fuera la acción e intervención social con personas en riesgo de exclusión (art. 2) y el personal de las administraciones públicas (art. 4).
Lo firmaron FOESC, EDUCATIA, ANESOC y la Fundación Catalana de L'Esplai, por las empresas, y los sindicatos F.E.-CC.OO., UGT y USO. Rige desde su publicación hasta el 31 de diciembre de 2027 y se prorroga por años hasta que se firme el siguiente (art. 3). Tiene tres tablas (art. 44): la A, para quien trabaja en servicios de contratación pública (contrato, subvención, concierto…) cuyo expediente se inició después de publicarse el convenio, desde que empieza el contrato nuevo; la B, para todo lo demás, también las prórrogas de contratos anteriores sin revisión de precios, y la C, para todos desde el 1 de octubre de 2027. Seis grupos (art. 19): I, dirección; II, dirección y gestión; III, atención directa (monitores, animadores, informadores, talleristas, taquilla, salas); IV, campamentos y colonias con pernocta; V, administración, y VI, servicios generales. El antiguo complemento de dedicación pasa al salario base (art. 43).
Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2026-5694) →Las cifras del convenio de ocio educativo y animación sociocultural, del BOE
Salario base anual a jornada completa del anexo 3 de BOE-A-2026-5694, para el periodo del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027; el mensual es nuestra división entre 14 (dos pagas extra de una mensualidad, art. 47). Lo que quede por debajo del SMI de 2026 (17.094 € al año) no se puede pagar: manda el SMI. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.
Tabla salarial por puesto (desde el 1 de octubre de 2026)
| Puesto | Grupo | Tabla A (BOE) | Tabla B (BOE) | Desde 1/10/2027, tabla C (BOE) | Neto / mes, tabla A (cálculo LaborIA) |
|---|---|---|---|---|---|
| Director/a gerente | I | 24.704,03 € | 22.519,41 € | 25.692,19 € | 1.404 € |
| Jefe/a de departamento o director/a de programas y equipamientos | II | 22.043,53 € | 20.094,19 € | 22.925,27 € | 1.273 € |
| Coordinador/a de proyectos pedagógicos, de ocio y tiempo libre | II | 21.256,27 € | 19.376,54 € | 22.106,52 € | 1.233 € |
| Titulado/a de grado o técnico/a de gestión | II | 21.053,83 € | 19.376,54 € | 21.895,98 € | 1.224 € |
| Técnico/a especialista | III | 20.468,99 € | 18.658,89 € | 21.287,75 € | 1.205 € |
| Animador/a sociocultural | III | 19.661,80 € | 17.838,13 € | 20.448,27 € | 1.184 € |
| Mediador/a intercultural educativo | III | 20.276,07 € | 18.222,70 € | 21.087,11 € | 1.199 € |
| Experto/a en talleres o tallerista | III | 19.090,74 € | 17.320,04 € | 19.854,37 € | 1.174 € |
| Coordinador/a de actividades y proyectos de centro | III | 18.800,12 € | 17.056,37 € (SMI: 17.094 €) | 19.552,12 € | 1.170 € |
| Monitor/a de ocio educativo y tiempo libre | III | 18.027,98 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.749,10 € | 1.158 € |
| Informador/a juvenil | III | 18.412,71 € | 16.864,75 € (SMI: 17.094 €) | 19.149,22 € | 1.165 € |
| Taquillero/a | III | 17.600,78 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.304,81 € | 1.151 € |
| Coordinador/a de campamento o casa de colonias con pernocta | IV | 18.172,20 € | 17.056,37 € (SMI: 17.094 €) | 19.050,00 € | 1.161 € |
| Monitor/a de campamento o casa de colonias con pernocta | IV | 17.260,67 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.350,00 € | 1.145 € |
| Oficial administrativo/a | V | 17.865,65 € | 17.161,13 € | 18.580,27 € | 1.155 € |
| Auxiliar administrativo/a o recepcionista | V | 17.515,34 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.215,95 € | 1.149 € |
| Cocinero/a | VI | 19.126,36 € | 17.000,77 € (SMI: 17.094 €) | 19.891,42 € | 1.174 € |
| Ayudante de cocina o mantenimiento | VI | 17.515,34 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.215,95 € | 1.149 € |
| Conductor/a, limpieza o auxiliar de servicios generales | VI | 17.429,90 € | 16.824,64 € (SMI: 17.094 €) | 18.127,09 € | 1.148 € |
Salario base anual del anexo 3 de BOE-A-2026-5694 (tablas A y B, del 1/10/2026 al 30/09/2027; tabla C, desde el 1/10/2027), a jornada completa: 1.742 horas al año. Entre el 11 de marzo y el 30 de septiembre de 2026, el monitor/a tenía 17.502,89 € en la tabla A y 16.576,00 € en la B. A tiempo parcial, en proporción. El neto es un cálculo de LaborIA con la calculadora de sueldo neto de 2026 (persona soltera, sin hijos, contrato indefinido), no una cifra del convenio.
Pluses del convenio
| Concepto | Importe | Cuándo |
|---|---|---|
| Festivo o día de descanso trabajado (art. 39) | +40 % del salario base del día | Y además un día de descanso por cada uno trabajado |
| Nocturnidad (art. 40) | +15 % de la hora ordinaria | Por hora entre las 22:00 y las 6:00 |
| Responsabilidad (art. 41) | 10 % del salario base | Monitores con 5 monitores o menos a su cargo, mientras lo estén |
| Pernocta en campamentos y colonias (art. 42) | 22 € brutos por día | Íntegro aunque la jornada sea parcial; incompatible con la nocturnidad |
Artículos 39 a 42 de BOE-A-2026-5694.
Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio
Cómo encontrar TU tabla, paso a paso
El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.
¿Y si cobras por debajo?
El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.
Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Este aviso todavía no está en marcha: si te apuntas, guardamos tu correo solo para esto y te escribimos cuando lo esté.
Preguntas frecuentes sobre el convenio de ocio educativo y animación sociocultural
¿Cuál es la tabla salarial del convenio de ocio educativo y animación sociocultural en 2026?
¿Cuánto cobra un monitor de comedor escolar por convenio en 2026?
¿Qué diferencia hay entre la tabla A y la tabla B del convenio de ocio educativo?
¿Cuánto cobra un animador sociocultural?
¿Cuánto se cobra por día de campamento con pernocta?
¿A quién se aplica el convenio de ocio educativo y animación sociocultural?
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
¿Dónde está publicado oficialmente?
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.