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¿Cuál es la tabla salarial del convenio de ocio educativo y animación sociocultural en 2026? En el anexo 3 del propio convenio (BOE-A-2026-5694), la misma para toda España. Desde el 1 de octubre de 2026, el monitor/a de ocio educativo y tiempo libre tiene 18.027,98 € al año en la tabla A y 16.824,64 € en la B, que queda por debajo del SMI de 2026, así que se cobran 17.094 €; el animador/a sociocultural, 19.661,80 € y 17.838,13 €. Desde el 1 de octubre de 2027, la tabla C para todos: monitor/a, 18.749,10 €. Son salarios anuales a jornada completa en 14 pagas. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.

Convenio colectivo

Tablas salariales del convenio de ocio educativo

Monitores de comedor, de patio, de extraescolares y de campamentos, animadores socioculturales, informadores juveniles y personal de ludotecas, centros cívicos y museos: un convenio estatal nuevo, de marzo de 2026, con dos tablas según quién pague el servicio y una tercera, para todos, desde octubre de 2027.

Avísame cuando salgan las tablas nuevas

Qué es el convenio de ocio educativo y animación sociocultural y a quién cubre

El convenio estatal se llama oficialmente IV Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural, publicado en el BOE del 11 de marzo de 2026, con tablas hasta 2027. Se aplica a las empresas y entidades privadas de ocio educativo y animación sociocultural para niños, jóvenes, adultos y mayores: comedor escolar, patio, aulas matinales, transporte escolar, extraescolares, refuerzo escolar y campamentos urbanos; centros cívicos y culturales, ludotecas, centros de tiempo libre, bibliotecas, museos e información juvenil; casas de colonias, albergues y campamentos (art. 2). Quedan fuera la acción e intervención social con personas en riesgo de exclusión (art. 2) y el personal de las administraciones públicas (art. 4).

Lo firmaron FOESC, EDUCATIA, ANESOC y la Fundación Catalana de L'Esplai, por las empresas, y los sindicatos F.E.-CC.OO., UGT y USO. Rige desde su publicación hasta el 31 de diciembre de 2027 y se prorroga por años hasta que se firme el siguiente (art. 3). Tiene tres tablas (art. 44): la A, para quien trabaja en servicios de contratación pública (contrato, subvención, concierto…) cuyo expediente se inició después de publicarse el convenio, desde que empieza el contrato nuevo; la B, para todo lo demás, también las prórrogas de contratos anteriores sin revisión de precios, y la C, para todos desde el 1 de octubre de 2027. Seis grupos (art. 19): I, dirección; II, dirección y gestión; III, atención directa (monitores, animadores, informadores, talleristas, taquilla, salas); IV, campamentos y colonias con pernocta; V, administración, y VI, servicios generales. El antiguo complemento de dedicación pasa al salario base (art. 43).

Ver el texto oficial en el BOE (BOE-A-2026-5694) →

Las cifras del convenio de ocio educativo y animación sociocultural, del BOE

Monitor/a de ocio educativo y tiempo libre, tabla A, desde el 1/10/20261.287,71 € / mes · 18.027,98 € / año
Monitor/a de ocio educativo y tiempo libre, tabla B, desde el 1/10/2026 (por debajo del SMI: se cobran 17.094 €)16.824,64 € / año
Animador/a sociocultural, tabla A, desde el 1/10/20261.404,41 € / mes · 19.661,80 € / año
Animador/a sociocultural, tabla B, desde el 1/10/20261.274,15 € / mes · 17.838,13 € / año

Salario base anual a jornada completa del anexo 3 de BOE-A-2026-5694, para el periodo del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027; el mensual es nuestra división entre 14 (dos pagas extra de una mensualidad, art. 47). Lo que quede por debajo del SMI de 2026 (17.094 € al año) no se puede pagar: manda el SMI. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.

Tabla salarial por puesto (desde el 1 de octubre de 2026)

PuestoGrupoTabla A (BOE)Tabla B (BOE)Desde 1/10/2027, tabla C (BOE)Neto / mes, tabla A (cálculo LaborIA)
Director/a gerenteI24.704,03 €22.519,41 €25.692,19 €1.404 €
Jefe/a de departamento o director/a de programas y equipamientosII22.043,53 €20.094,19 €22.925,27 €1.273 €
Coordinador/a de proyectos pedagógicos, de ocio y tiempo libreII21.256,27 €19.376,54 €22.106,52 €1.233 €
Titulado/a de grado o técnico/a de gestiónII21.053,83 €19.376,54 €21.895,98 €1.224 €
Técnico/a especialistaIII20.468,99 €18.658,89 €21.287,75 €1.205 €
Animador/a socioculturalIII19.661,80 €17.838,13 €20.448,27 €1.184 €
Mediador/a intercultural educativoIII20.276,07 €18.222,70 €21.087,11 €1.199 €
Experto/a en talleres o talleristaIII19.090,74 €17.320,04 €19.854,37 €1.174 €
Coordinador/a de actividades y proyectos de centroIII18.800,12 €17.056,37 € (SMI: 17.094 €)19.552,12 €1.170 €
Monitor/a de ocio educativo y tiempo libreIII18.027,98 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.749,10 €1.158 €
Informador/a juvenilIII18.412,71 €16.864,75 € (SMI: 17.094 €)19.149,22 €1.165 €
Taquillero/aIII17.600,78 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.304,81 €1.151 €
Coordinador/a de campamento o casa de colonias con pernoctaIV18.172,20 €17.056,37 € (SMI: 17.094 €)19.050,00 €1.161 €
Monitor/a de campamento o casa de colonias con pernoctaIV17.260,67 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.350,00 €1.145 €
Oficial administrativo/aV17.865,65 €17.161,13 €18.580,27 €1.155 €
Auxiliar administrativo/a o recepcionistaV17.515,34 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.215,95 €1.149 €
Cocinero/aVI19.126,36 €17.000,77 € (SMI: 17.094 €)19.891,42 €1.174 €
Ayudante de cocina o mantenimientoVI17.515,34 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.215,95 €1.149 €
Conductor/a, limpieza o auxiliar de servicios generalesVI17.429,90 €16.824,64 € (SMI: 17.094 €)18.127,09 €1.148 €

Salario base anual del anexo 3 de BOE-A-2026-5694 (tablas A y B, del 1/10/2026 al 30/09/2027; tabla C, desde el 1/10/2027), a jornada completa: 1.742 horas al año. Entre el 11 de marzo y el 30 de septiembre de 2026, el monitor/a tenía 17.502,89 € en la tabla A y 16.576,00 € en la B. A tiempo parcial, en proporción. El neto es un cálculo de LaborIA con la calculadora de sueldo neto de 2026 (persona soltera, sin hijos, contrato indefinido), no una cifra del convenio.

Pluses del convenio

ConceptoImporteCuándo
Festivo o día de descanso trabajado (art. 39)+40 % del salario base del díaY además un día de descanso por cada uno trabajado
Nocturnidad (art. 40)+15 % de la hora ordinariaPor hora entre las 22:00 y las 6:00
Responsabilidad (art. 41)10 % del salario baseMonitores con 5 monitores o menos a su cargo, mientras lo estén
Pernocta en campamentos y colonias (art. 42)22 € brutos por díaÍntegro aunque la jornada sea parcial; incompatible con la nocturnidad

Artículos 39 a 42 de BOE-A-2026-5694.

Jornada, pagas y pluses: lo que fija el convenio

Jornada
1.742 horas al año de trabajo efectivo, en semanas de 38 horas y media. Cuentan la preparación, la evaluación, la programación y las reuniones (art. 48).
Descanso
Con carácter general, sábado y domingo. Si la actividad no lo permite, 36 horas seguidas y un fin de semana libre cada dos semanas, salvo en campamentos con pernocta (art. 51).
Vacaciones
30 días naturales; si la empresa sigue el calendario escolar, al menos la mitad en verano (art. 52).
Pagas
Dos extraordinarias de una mensualidad de salario base, antes del 1 de julio y del 23 de diciembre; se pueden prorratear (art. 47).
Periodo de prueba
Tres meses en el grupo I, dos en el II y uno en los demás (art. 29).
Baja médica
Accidente de trabajo o enfermedad profesional: 100 % de la retribución del mes anterior. Enfermedad común: 75 % de la base reguladora del cuarto al vigésimo primer día (art. 89).
Campamentos con pernocta
Solo cuenta como jornada el tiempo de actividad efectiva con los participantes; el resto es tiempo libre, y se cobra el plus de 22 € por día (art. 53 y anexo 2).

Cómo encontrar TU tabla, paso a paso

1
Mira tu nómina o tu contrato
El convenio aplicable tiene que figurar por escrito. Si no aparece, la empresa está incumpliendo el art. 8.5 del Estatuto de los Trabajadores, y ya es un dato en sí mismo.
2
Localiza tu grupo y tu nivel en el convenio estatal
No busques el nombre de tu puesto: busca las funciones que haces. La clasificación va por lo que haces, no por cómo te llamen en el contrato.
3
Coge la tabla del año correcto
Las subidas de cada año se publican a menudo en el BOE aparte, como revisión o acta de la comisión paritaria. La tabla del texto original suele estar desfasada.
4
Mira si tu empresa tiene convenio propio
Las empresas grandes a veces tienen convenio de empresa. Puede mejorar el sectorial, pero el mínimo de tu grupo en el estatal sigue siendo tu referencia.
5
Compara con tu salario bruto anual, no con el mensual
Las tablas suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar un mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien.
Compara con… salarios reales de este sector
Animador/a Sociocultural
2.104 € brutos al mes de media

El convenio marca el mínimo legal. Lo que se paga de verdad en el mercado suele estar por encima: esa diferencia es tu margen de negociación. Compáralo en la ficha del sector.

Siguiente paso
¿Cuánto queda neto? monitor/a de ocio educativo y tiempo libre, tabla A, desde el 1/10/2026: 18.027,98 € brutos al año →

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

Revisar mi nómina gratis → Ver mi convenio →
¿Vas a cambiar de banco?Qué cuentas pagan por domiciliar la nómina, y con qué condiciones
¿Quieres saber cuándo cambian las tablas del convenio de ocio educativo y animación sociocultural?

Las tablas se actualizan una o dos veces al año y casi nadie se entera a tiempo. Este aviso todavía no está en marcha: si te apuntas, guardamos tu correo solo para esto y te escribimos cuando lo esté.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de ocio educativo y animación sociocultural

¿Cuál es la tabla salarial del convenio de ocio educativo y animación sociocultural en 2026?
En el anexo 3 del propio convenio (BOE-A-2026-5694), la misma para toda España. Desde el 1 de octubre de 2026, el monitor/a de ocio educativo y tiempo libre tiene 18.027,98 € al año en la tabla A y 16.824,64 € en la B, que queda por debajo del SMI de 2026, así que se cobran 17.094 €; el animador/a sociocultural, 19.661,80 € y 17.838,13 €. Desde el 1 de octubre de 2027, la tabla C para todos: monitor/a, 18.749,10 €. Son salarios anuales a jornada completa en 14 pagas. Leído en el BOE el 16 de octubre de 2026.
¿Cuánto cobra un monitor de comedor escolar por convenio en 2026?
El monitor/a de comedor es monitor/a de ocio educativo y tiempo libre (anexo 1). Desde el 1 de octubre de 2026, a jornada completa, 18.027,98 € al año en la tabla A (servicios públicos licitados después de marzo de 2026) y 16.824,64 € en la tabla B, que no llega al SMI, así que se cobran al menos 17.094 €. A tiempo parcial se cobra la parte proporcional a la jornada contratada (art. 38).
¿Qué diferencia hay entre la tabla A y la tabla B del convenio de ocio educativo?
La tabla A es para quien trabaja en servicios públicos (contratos, subvenciones, conciertos) cuyo expediente se inició después de publicarse el convenio, el 11 de marzo de 2026, y se aplica desde que empieza el contrato nuevo. La B, para todo lo demás, también las prórrogas de contratos anteriores sin revisión de precios. Desde el 1 de octubre de 2027 todos pasan a la tabla C (art. 44).
¿Cuánto cobra un animador sociocultural?
Con este convenio, desde el 1 de octubre de 2026, 19.661,80 € al año en la tabla A y 17.838,13 € en la B, en 14 pagas: 1.404,41 € y 1.274,15 € al mes, división nuestra. Netos, unos 1.184 € y 1.155 € al mes según la calculadora de LaborIA (soltero/a, sin hijos, indefinido). Si trabajas en una entidad de acción social con personas en riesgo de exclusión, el convenio es otro (art. 2).
¿Cuánto se cobra por día de campamento con pernocta?
22 € brutos por día de servicio con pernocta de los participantes, además del salario; se cobra entero aunque tu jornada sea parcial y no se puede compensar con otros conceptos, pero es incompatible con el plus de nocturnidad (art. 42).
¿A quién se aplica el convenio de ocio educativo y animación sociocultural?
A quienes trabajan en las empresas y entidades privadas de ocio educativo y animación sociocultural para niños, jóvenes, adultos y mayores: comedor escolar, patio, aulas matinales, transporte escolar, extraescolares, refuerzo escolar y campamentos urbanos; centros cívicos y culturales, ludotecas, centros de tiempo libre, bibliotecas, museos e información juvenil; casas de colonias, albergues y campamentos (art. 2). Quedan fuera la acción e intervención social con personas en riesgo de exclusión (art. 2) y el personal de las administraciones públicas (art. 4). Lo que manda es la actividad real de la empresa, no el puesto de cada persona: si la empresa está dentro del ámbito del convenio, también lo están su personal de administración y de limpieza.
¿Qué pasa si mi empresa me paga menos que el convenio?
El salario de convenio es un mínimo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo, aunque lo hayas firmado. Si detectas diferencia puedes reclamar los atrasos del último año (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fija un año de prescripción para reclamar cantidades). Lo habitual es empezar por una reclamación escrita a la empresa y, si no hay acuerdo, papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Dónde está publicado oficialmente?
El IV Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural se publicó en el BOE del 11 de marzo de 2026, con tablas hasta 2027 con la referencia BOE-A-2026-5694. Es la fuente oficial: cualquier tabla que encuentres debería poder rastrearse hasta el BOE o hasta el boletín oficial de tu provincia.

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las tablas se revisan cada año y la revisión se publica en el BOE aparte, a veces con meses de retraso: confirma siempre la cifra del año en curso contra el BOE antes de reclamar nada.