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Convenio provincial · Madrid

Convenio de hostelería de Madrid 2026: tabla salarial

La tabla oficial más reciente es la de 2025: el convenio cubre de 2023 a 2025 y, a 17 de octubre de 2026, no hemos encontrado en el BOCM ni una tabla de 2026 ni un convenio nuevo.

Tabla 2025 prorrogada · pendiente de revisión 2026

¿Cuál es la tabla salarial de hostelería de Madrid en 2026? La de 2025, la última publicada en el BOCM (n.º 82, 6 de abril de 2024): el convenio cubría de 2023 a 2025 y, mientras no se publique otro, es la referencia. Un camarero (nivel III) tiene 1.283,83 € de salario base al mes en un establecimiento de clase A, 1.250,91 € en la B y 1.160,37 € en la C, más el plus convenio de 191,22 €.

Qué convenio es y a quién cubre

Es el Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid (2023-2025) (código de convenio 28002085011981), publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) n.º 82, de 6 de abril de 2024 (BOCM-20240406-2). Se aplica a bares, restaurantes, cafeterías, catering, comida rápida, pubs, terrazas, heladerías, salas de baile, discotecas y tablaos de la Comunidad de Madrid (arts. 2 y 3). No incluye hoteles ni alojamientos: el art. 2 solo enumera servicios de comida y bebida, y la comisión paritaria lo llama «convenio de hostelería (restauración)» (BOCM de 9 de noviembre de 2024).

El convenio estatal del sector no trae tablas: las deja a cada provincia. Clasificación, régimen disciplinario y lo que se negocia a nivel estatal están en el Convenio de Hostelería (ALEH VI).

Ver el texto oficial (BOCM n.º 82, 06/04/2024) →

Tabla salarial 2025 por nivel y clase de establecimiento (salario base al mes)

Nivel · categoríasClase AClase BClase C
I · Jefe/a de cocina, de restaurante o sala, de administración, comercial y de catering1.415,47 €1.366,11 €1.250,91 €
II-A · Segundo/a jefe/a de cocina y de restaurante o sala, primer/a encargado/a de mostrador1.316,72 €1.292,05 €1.217,99 €
II-B · Jefe/a de partida, jefe/a de sector, sumiller, barman/barwoman, segundo/a encargado/a de mostrador1.300,28 €1.267,33 €1.201,51 €
III · Cocinero/a, camarero/a, repostero/a, recepcionista, administrativo/a, encargado/a de economato1.283,83 €1.250,91 €1.160,37 €
IV · Ayudante de cocina, de camarero/a, de recepción y administrativo, telefonista, repartidor1.217,99 €1.185,05 €1.127,42 €
V · Auxiliar de cocina (pinche, fregador/a), de limpieza y de oficina, portero/a, aparcacoches1.152,15 €1.119,22 €1.086,31 €

Anexo I C) c) del convenio: salarios base mensuales del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 (4 % sobre 2024, art. 5). Clase A: restaurantes de 5 y 4 tenedores, cafeterías de 3 tazas, discotecas, salas de fiesta y salones de banquetes. Clase B: restaurantes de 3 tenedores, cafeterías de 2 tazas, autoservicios, pubs y bares de copas. Clase C: restaurantes de 2 y 1 tenedor, cafeterías de 1 taza, bares, cafés-bares, tabernas, heladerías y chocolaterías (anexo I B). Las categorías están resumidas; la lista completa, en el anexo I A. Fuente: BOCM n.º 82, de 6 de abril de 2024, consultado el 17 de octubre de 2026.

Catering (clase D): tabla de 2025

NivelSalario base / mes
I1.459,95 €
II-A1.409,21 €
II-B1.356,77 €
II-C1.307,48 €
III-A1.277,36 €
III-B1.225,38 €
IV1.196,74 €
V1.175,66 €

Mismo anexo: el catering tiene su propia escala de niveles (II-C, III-A y III-B solo existen aquí).

Pagas, jornada y pluses: lo que fija el convenio

Plus convenio
191,22 € al mes en 2025, durante once meses al año (art. 29 y anexo I). Quien entró después del 15 de junio de 2019 lo cobra en proporción a la jornada y no en vacaciones ni en las pagas extra.
Manutención
La comida corre a cargo de la empresa si tiene restaurante o hace comidas (en cafeterías y catering, si tu jornada coincide con la hora de comer). Puedes pedirla en dinero: 57,82 € al mes en 2025 (art. 28).
Pagas
Dos pagas extraordinarias, el 20 de junio y el 20 de diciembre, que se devengan por años (art. 26).
Jornada
1.800 horas de trabajo efectivo al año, 40 a la semana y 8 al día, en dos periodos como máximo y con 12 horas entre jornadas (art. 14.1). En centros de 50 o más personas con un 75 % de plantilla fija, bolsa de hasta 100 horas al año con jornadas de 9 horas y semanas de 44 (art. 14.2).
Descanso semanal
Dos días a la semana, seguidos en centros de 20 o más personas (art. 17).
Vacaciones
30 días naturales seguidos, o dos periodos de 15 si se pacta, uno entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (art. 18).
Noche y horas extra
De 22:00 a 0:00, un 1 % del salario base; de 0:00 a 8:00, un 25 %, con la fórmula del art. 27. Las horas extra, con un 100 % de recargo (art. 15).
Antigüedad
No se generan trienios desde 1997: solo quien ya trabajaba en el sector el 3 de junio de 1997 conserva su antigüedad como complemento personal (disposición transitoria segunda). Quien tiene 58 años y 10 de antigüedad cobra cada marzo una mensualidad de permanencia (art. 30).

Cuánto queda neto

El convenio no da un bruto anual cerrado: suma tus doce mensualidades, las dos pagas extra, el plus convenio de once meses y lo que cobres de manutención o nocturnidad, y ponlo en la calculadora. Haz la cuenta con tu nómina, tu comunidad y tu situación familiar en la calculadora de sueldo neto.

Siguiente paso
¿Cuánto queda neto? Suma tu salario base, las pagas y los pluses de tu nómina y calcúlalo →

¿Y si cobras por debajo?

El mínimo del convenio no es orientativo: es un suelo legal. Un contrato que pague por debajo es nulo en esa parte, aunque esté firmado, y tienes un año para reclamar las diferencias (art. 59.2 ET). Sube tu nómina al escáner y te decimos qué conceptos no cuadran antes de que se te pase el plazo.

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Preguntas frecuentes sobre el convenio de hostelería de Madrid

¿Hay convenio de hostelería de Madrid para 2026?
A 17 de octubre de 2026, no publicado. El convenio publicado en el BOCM el 6 de abril de 2024 cubría del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025 (art. 5) y su última tabla es la de 2025, que es la que sigue sirviendo de referencia mientras no se publique otra. Cuando salga en el BOCM, la pondremos aquí.
¿Cuánto cobra un camarero en Madrid por convenio?
El camarero está en el nivel III. Con la tabla de 2025: 1.283,83 € al mes de salario base en un establecimiento de clase A, 1.250,91 € en uno de clase B y 1.160,37 € en uno de clase C, más 191,22 € de plus convenio (once meses) y, si eliges cobrar la manutención en dinero, 57,82 € al mes. En 2024 eran 1.234,45, 1.202,80 y 1.115,74 €.
¿Cuántas horas al año tiene el convenio de hostelería de Madrid?
1.800 horas de trabajo efectivo, con un máximo de 40 a la semana y 8 al día (art. 14.1). Todas las horas que pasen de la jornada semanal del calendario son extra y se pagan con un 100 % de recargo (art. 15).
¿Este convenio sirve para los hoteles de Madrid?
No: es el de restauración (bares, restaurantes, cafeterías, catering y ocio nocturno). El art. 2 solo enumera servicios de comida y bebida y la propia comisión paritaria lo llama «convenio de hostelería (restauración) de la Comunidad de Madrid». Los hoteles y alojamientos tienen su propio convenio.

Fuente oficial: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) n.º 82, de 6 de abril de 2024 (BOCM-20240406-2), consultado el 17 de octubre de 2026. Información general, no asesoramiento jurídico: si tu empresa tiene convenio propio o se publica una tabla nueva, manda esa; confírmalo en el boletín oficial antes de reclamar nada.