Primero, evitarla (artículo 3.1)
La empresa debe tomar medidas técnicas u organizativas para evitar la manipulación manual, sobre todo con equipos mecánicos: transpalés, carretillas, mesas elevadoras, cintas, grúas. Es el principio de «evitar los riesgos» de la Ley 31/1995 (artículo 15).
Si no se puede evitar (artículo 3.2)
- Organizar el trabajo y darte los medios adecuados para reducir el riesgo.
- Evaluar el riesgo con los factores del anexo: la carga, el esfuerzo, el entorno, las exigencias de la actividad y tus factores personales.
Formación, información y salud
- Formación sobre la forma correcta de manipular y los riesgos de no hacerlo (artículo 4), gratis y en horas de trabajo (Ley 31/1995, artículo 19).
- Información sobre el peso de las cargas y, si el contenido está descentrado, sobre su centro de gravedad o lado más pesado (artículo 4).
- Consulta a los trabajadores (artículo 5) y vigilancia de la salud si la manipulación es habitual y hay factores de riesgo (artículo 6).
Fuente: Real Decreto 487/1997, sobre manipulación manual de cargas (texto consolidado), artículos 3, 4, 5 y 6 · Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado), artículos 15 y 19