Venta a distancia (web, app, teléfono)
- La información de alérgenos tiene que estar disponible antes de que el cliente compre, en la web o la app o por otro medio claro y sin coste para él (Reglamento (UE) 1169/2011, artículo 14.1.a y 14.2).
- Y tiene que estar también en el momento de la entrega (artículo 14.1.b).
- El Real Decreto 126/2015 también se aplica a lo que se vende a distancia (artículo 2.2.d).
Lo que envasas tú para venderlo en tu local
Las ensaladas, bocadillos o tuppers que envasas para venderlos en tu propia tienda llevan una etiqueta más completa, con la lista de ingredientes y los alérgenos destacados (Real Decreto 126/2015, artículo 5.1). Va en el envase o en una etiqueta unida a él. Si se vende con dependiente, todo salvo la fecha de caducidad o de consumo preferente puede ir en un cartel donde se vende (artículo 6.3).
En el reparto
- El pedido del cliente alérgico va cerrado y marcado, para que no se confunda con otro.
- Comprueba que la salsa o el extra que se añade al final no lleva el alérgeno.
Fuente: Reglamento (UE) 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, artículo 14 · Real Decreto 126/2015, información alimentaria de los alimentos sin envasar (texto consolidado), artículos 2.2.d, 5.1 y 6.3