- La empresa debe analizar las posibles emergencias y adoptar medidas de primeros auxilios, de lucha contra incendios y de evacuación, teniendo en cuenta su tamaño, su actividad y si hay personas ajenas (Ley 31/1995, artículo 20).
- Debe designar al personal que las pone en práctica. Ese personal debe tener la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado.
- Y debe organizar la relación con los servicios externos (asistencia médica de urgencia, salvamento) para que la ayuda llegue rápido.
Lo que recomienda el INSST (NTP 458)
- El socorrista es voluntario, con formación según los riesgos de la empresa y reciclaje periódico.
- Como orientación, en trabajos de riesgo bajo como una oficina, un socorrista por cada 50 trabajadores y por turno, con suplentes. En el resto, esa cifra es el mínimo.
- Siempre debe haber alguien disponible: se cuentan los turnos, las vacaciones y la distancia al centro médico.
- Todos los trabajadores deben estar informados de cómo funciona, con carteles, charlas o folletos, y los nuevos deben saber qué hacer como testigos.
La NTP es una guía de buenas prácticas: no es obligatoria salvo que una norma lo diga.
Fuente: Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado), artículo 20 · INSST, NTP 458: Primeros auxilios en la empresa: organización, apartados de marco legal, socorrista y organización