Cuándo se usa
Los equipos de protección individual se usan cuando el riesgo no se ha podido evitar o limitar lo suficiente con protección colectiva u organización del trabajo (Real Decreto 773/1997, artículo 4). En obra, si no es posible la protección colectiva, se usan medios de acceso seguros y cinturones de seguridad con anclaje u otro medio equivalente (Real Decreto 1627/1997, anexo IV, C.3.b).
La empresa
- Determina qué puestos necesitan EPI, frente a qué riesgo y qué equipo (artículo 3.a).
- Los proporciona gratis y los repone cuando hace falta (artículo 3.c).
- Vela por su uso y su mantenimiento correctos (artículo 3.d y e).
Tú
- Los usas y cuidas correctamente y los guardas en su sitio (artículo 10.a y b).
- Informas de inmediato de cualquier defecto o daño (artículo 10.c).
Los dispositivos contra caídas deben tener la configuración y la resistencia adecuadas para prevenir o detener la caída y, en lo posible, evitar lesiones (Real Decreto 2177/2004, 4.1.4).
Fuente: Real Decreto 773/1997, utilización de equipos de protección individual, artículos 3, 4 y 10 · Real Decreto 2177/2004, que modifica el RD 1215/1997 en materia de trabajos temporales en altura, anexo II, punto 4.1.4 · Real Decreto 1627/1997, disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, anexo IV, parte C, punto 3.b)