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¿Cuánto dura y cuánto se cobra la baja por maternidad o paternidad en 2026? 19 semanas para cada progenitor (32 en familias monoparentales): 6 obligatorias tras el parto, 11 hasta que el bebé cumple 12 meses y 2 hasta los 8 años (art. 48.4 del Estatuto, tras el RDL 9/2025). Se cobra el 100 % de la base reguladora (base de cotización del mes anterior al previo al parto ÷ 30), con un máximo de 170,04 € al día, y está exenta de IRPF.

Nacimiento y cuidado de menor · RDL 9/2025

Calculadora de la baja por maternidad y paternidad 2026

19 semanas por progenitor (32 en familias monoparentales) al 100 % de la base reguladora y sin IRPF. Calcula cuánto cobras y hasta qué fecha puedes coger cada tramo.

19 semanas
cada progenitor
100 %
de la base reguladora
0 % IRPF
prestación exenta

Tus datos

Cuántas semanas son en 2026 y cómo se reparten

Desde el 31 de julio de 2025 (Real Decreto-ley 9/2025) el permiso por nacimiento y cuidado de menor es de 19 semanas para cada progenitor, iguales e intransferibles (art. 48.4 del Estatuto de los Trabajadores):

TramoSemanasCuándo
Obligatorio6 (monoparental: 6)Justo después del parto, seguidas y a jornada completa, para los dos progenitores
Primer año11 (monoparental: 22)Por semanas, seguidas o no, hasta que el bebé cumpla 12 meses; la madre biológica puede adelantar hasta 4 antes del parto
Hasta los 8 años2 (monoparental: 4)Por semanas, seguidas o no, hasta que cumpla 8 años
Total19 (monoparental: 32)Avisando a la empresa con 15 días

Se suma una semana a cada progenitor por cada hijo a partir del segundo en partos múltiples y en caso de discapacidad del bebé, y hasta 13 semanas más si el recién nacido tiene que estar hospitalizado más de 7 días. Las 2 semanas para usar hasta los 8 años se aplican también a los niños nacidos desde el 2 de agosto de 2024, y se pueden pedir desde el 1 de enero de 2026.

Cuánto se cobra

La prestación es el 100 % de tu base reguladora por cada día de permiso (art. 179 de la Ley General de la Seguridad Social). La base reguladora diaria es la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al mes previo al nacimiento dividida entre 30 si cobras por meses. Como las bases de cotización tienen un tope, el máximo en 2026 es de 170,04 € al día (5.101,20 € al mes).

La paga directamente el INSS, no la empresa, y no lleva retención de IRPF: está exenta (art. 7.h de la Ley del IRPF). Durante el permiso sigues cotizando, así que cuenta para tu jubilación y para el paro.

Ejemplo resuelto

Sara tiene una base de cotización de 2.500 € al mes y coge sus 19 semanas:

  • Base reguladora diaria: 2.500 € ÷ 30 = 83,33 €.
  • 19 semanas = 133 días × 83,33 € = 11.083,33 €, sin retención de IRPF.
  • Si este año solo coge las 17 primeras (las otras 2 las guarda hasta que su hija tenga 8 años): 9.916,67 €.

Requisitos de cotización

Hay que estar de alta (o en situación asimilada) y haber cotizado un mínimo según tu edad al nacer el bebé (art. 178 de la Ley General de la Seguridad Social):

EdadEn los últimos 7 añosO en toda tu vida laboral
Menos de 21 añosNo se exigeNo se exige
De 21 a 25 años90 días180 días
26 años o más180 días360 días

Si no los cumples, puedes cobrar el subsidio no contributivo: el 100 % del IPREM (20 € al día en 2026) durante las 6 semanas obligatorias, con 14 días más en familias numerosas, monoparentales, partos múltiples o discapacidad (arts. 181 y 182).

No confundas este permiso con el permiso parental del art. 48 bis del Estatuto (hasta 8 semanas hasta que el niño cumpla 8 años) ni con el de lactancia (una hora al día hasta los 9 meses, que se puede acumular en jornadas completas).

Preguntas frecuentes sobre la baja por maternidad y paternidad

¿Cuánto se cobra de baja por maternidad o paternidad en 2026?
El 100 % de tu base reguladora: la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al mes previo al nacimiento (si das a luz en mayo, la de marzo) dividida entre 30 si cobras por meses (art. 179 de la Ley General de la Seguridad Social). El máximo es la base máxima de cotización: 5.101,20 € al mes, 170,04 € al día en 2026. La paga el INSS directamente y está exenta de IRPF (art. 7.h de la Ley del IRPF).
¿Cuántas semanas de permiso por nacimiento hay en 2026?
19 semanas para cada progenitor desde el Real Decreto-ley 9/2025 (en vigor desde el 31/07/2025 y convalidado por el Congreso): 6 obligatorias justo después del parto, 11 que puedes repartir hasta que el bebé cumpla 12 meses y 2 para usar hasta que cumpla 8 años. En las familias monoparentales son 32 semanas (6 + 22 + 4) (art. 48.4 del Estatuto de los Trabajadores).
¿Las 6 primeras semanas son obligatorias también para el padre o la otra persona progenitora?
Sí. Las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto son obligatorias e ininterrumpidas, a jornada completa, para los dos progenitores (art. 48.4.a del Estatuto). Las semanas restantes son voluntarias e intransferibles: si no las usas, se pierden.
¿Hasta cuándo puedo coger las semanas que me quedan?
Las 11 semanas (22 en monoparentalidad) se cogen por semanas completas, seguidas o no, desde que terminan las 6 obligatorias hasta que el bebé cumple 12 meses; la madre biológica puede adelantar hasta 4 semanas antes del parto. Las 2 últimas (4 en monoparentalidad), hasta que cumpla 8 años. Hay que avisar a la empresa con 15 días de antelación y, si hay acuerdo, se pueden disfrutar a jornada parcial.
¿Tienen derecho a las 2 semanas nuevas los niños nacidos antes de la reforma?
Sí, si nacieron a partir del 2 de agosto de 2024. Esas 2 semanas (4 en monoparentalidad) y su prestación se pueden pedir desde el 1 de enero de 2026, sin un nuevo reconocimiento del derecho (disposición transitoria única del RDL 9/2025).
¿Hay que pagar IRPF por la prestación por nacimiento?
No. La prestación por nacimiento y cuidado de menor que paga la Seguridad Social está exenta de IRPF (art. 7.h de la Ley del IRPF). Si tu empresa te complementa el salario durante el permiso, ese complemento sí tributa.
¿Qué cotización previa necesito para cobrar la prestación?
Depende de tu edad al nacer el bebé (art. 178 de la Ley General de la Seguridad Social): menos de 21 años, ninguna; de 21 a 25, 90 días en los últimos 7 años o 180 en toda tu vida laboral; 26 o más, 180 días en los últimos 7 años o 360 en toda tu vida laboral. Si no llegas, puedes cobrar el subsidio no contributivo: el 100 % del IPREM (20 € al día) durante las 6 semanas obligatorias, 14 días más en familias numerosas, monoparentales, partos múltiples o con discapacidad (arts. 181 y 182).
¿Me pueden despedir durante el permiso o al volver?
El despido durante el embarazo, durante el permiso por nacimiento y en los 12 meses siguientes al nacimiento tras reincorporarte es nulo, salvo que la empresa demuestre una causa ajena al embarazo o al permiso (art. 55.5 del Estatuto): readmisión y salarios de tramitación.
¿Sigo cotizando mientras estoy de baja por nacimiento?
Sí. La obligación de cotizar se mantiene durante todo el permiso (art. 6 de la Orden PJC/297/2026), así que ese tiempo cuenta para tu jubilación y para el paro como si trabajaras.
Guía del permiso por nacimiento
Semanas, requisitos y protección
Reducción de jornada
Cuánto cobras al volver
Permiso de lactancia
Una hora al día o días acumulados

Fuentes oficiales

Normativa y cifras comprobadas en el BOE, la Seguridad Social y el SEPE el 02/10/2026. Es una estimación orientativa: tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorar estas cantidades.