¿Cuánto paga un autónomo? En 2026, de 205,88 € al mes
(rendimientos netos de hasta 670 € al mes) a 607,35 € (más de 6.000 €) con la base mínima de cada
tramo y un tipo del 31,50 % (Orden PJC/297/2026, art. 18). Con 24.000 € de ingresos y 6.000 € de
gastos al año, te toca el tramo 2 de la tabla general: 302,65 € al mes. La
tabla de 2027 todavía no se ha publicado.
2027 · pendienteA 24 de octubre de 2026
no hay tabla de 2027 en el BOE: la tienen que fijar los presupuestos o un real decreto-ley, como pasó en 2026 con el
Real Decreto-ley 3/2026. Lo único que ya marca la ley es el MEI: del 0,90 % al 1 %
(art. 127 bis LGSS). Las cifras de 2027 de esta página son una previsión con las
bases de 2026; cuando salga la tabla oficial, la calculadora pasa a ella.
La tabla de tramos que se aplica hoy
Es la de 2025, que sigue vigente en 2026 mientras no haya presupuestos (Real Decreto-ley 3/2026, art. 3.4;
las cifras, en la Orden PJC/297/2026, art. 18). Eliges una base entre la mínima y la máxima de tu
tramo; la cuota es la base por el 31,50 %.
El 31,50 % se reparte así:
Cómo se calcula tu tramo
Lo que cuenta son tus rendimientos netos del año: ingresos menos gastos deducibles, como en el IRPF, sumando la cuota
de autónomos si estás en estimación directa. A eso se le resta un 7 % de gastos genéricos (un 3 % si eres societario o
familiar colaborador) y se divide entre 12 (art. 308.1.c) de la Ley General de la Seguridad Social).
Ejemplo: 24.000 € de ingresos y 6.000 € de gastos → 18.000,00 € de rendimiento neto →
menos el 7 % = 16.740,00 € → 1.395,00 € al mes → tramo 2 de la tabla
general, base mínima 960,78 €, cuota de 302,65 € al mes
(3.631,80 € al año).
Tarifa plana: la cuota reducida del primer año
Si te das de alta por primera vez, o llevas 2 años sin estar de alta (3 si ya la disfrutaste), pagas una cuota
reducida los 12 primeros meses, y otros 12 si tus rendimientos del año son menores que el salario mínimo. Mientras
dura no cotizas por cese de actividad ni por formación (art. 38 ter de la Ley 20/2007). La
cuantía de 2023 a 2025 fue de 80 € al mes (Real Decreto-ley 13/2022, DT 5.ª); desde 2026 la tiene que
fijar la ley de presupuestos, que no se ha aprobado, y se siguen aplicando los 80 €, más el MEI. Se pide al darte de
alta, y la prórroga, antes de que acaben los 12 meses.
La regularización: qué pasa al año siguiente
Las bases que eliges durante el año son provisionales. Cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la
Seguridad Social recalcula: si cotizaste por debajo de la base mínima del tramo que te correspondía, te reclama la
diferencia; si cotizaste por encima de la máxima, te devuelve lo que sobra (art. 308.1.c) LGSS).
Durante los 12 primeros meses de tarifa plana no se regulariza (art. 38 ter.6). Para no llevarte
un susto, cambia de base en Importass cuando cambien tus previsiones (regla 3.ª del art. 308.1.a).
Qué cambia en enero de 2027 Previsión
Lo único que ya está en la ley es el MEI, que sube al 1 % (art. 127 bis LGSS). Si las bases
mínimas de 2027 se quedan como las de 2026, la cuota subiría así:
* Previsión de LaborIA: bases mínimas de 2026 por un tipo del 31,60 %
(31,50 % con el MEI de 2027). No es la tabla oficial de 2027, que todavía no existe.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomos
¿Cuánto paga un autónomo en 2027?+
A 24 de octubre de 2026 la tabla de 2027 no está publicada en el BOE: la tienen que fijar los presupuestos o un real decreto-ley. Lo único que ya marca la ley es que el mecanismo de equidad intergeneracional pasa del 0,90 % al 1 % (art. 127 bis de la Ley General de la Seguridad Social). Si las bases mínimas no cambian, la cuota mínima iría de 206,53 € en el primer tramo a 609,28 € en el último. Es una previsión: cuando salga la tabla oficial, la ponemos aquí.
¿Cuál es la cuota de autónomos en 2026?+
Depende de tus rendimientos netos: de 205,88 € al mes con la base mínima del primer tramo (rendimientos de hasta 670 € al mes) a 607,35 € en el último (más de 6.000 €). Con unos 1.200 € de rendimiento al mes, la cuota mínima es de 299,56 €. El tipo es del 31,50 % (Orden PJC/297/2026, art. 18).
¿Qué son los rendimientos netos para la cuota?+
Tus ingresos menos los gastos deducibles de la actividad, como en el IRPF, sumando la propia cuota de autónomos si estás en estimación directa, y menos un 7 % de gastos genéricos (un 3 % si eres autónomo societario o familiar colaborador). Es la regla del art. 308.1.c) de la Ley General de la Seguridad Social. Lo que cuenta es la media mensual del año.
¿Cuánto es la tarifa plana de autónomos?+
80 € al mes durante los 12 primeros meses de alta, y otros 12 si tus rendimientos netos del año son menores que el salario mínimo. Esa cifra la fijó el Real Decreto-ley 13/2022 para 2023-2025; desde 2026 la tiene que fijar la ley de presupuestos, que no se ha aprobado, y la Seguridad Social sigue aplicando los 80 €. Se suma el MEI. Puedes pedirla si es tu primera alta o llevas 2 años sin estar de alta (3 si ya la disfrutaste).
¿Qué pasa si elijo un tramo y luego gano más o menos?+
Al año siguiente, Hacienda comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales y se regulariza: si cotizaste por debajo de la base mínima del tramo que te tocaba, te piden la diferencia; si cotizaste por encima de la máxima, te la devuelven sin que lo pidas (art. 308.1.c LGSS). Puedes cambiar de base durante el año para ajustarte a lo que vas ganando.
¿La cuota de autónomos se desgrava?+
Sí: en estimación directa es un gasto deducible de la actividad en tu declaración de la renta. Para calcular el tramo de la Seguridad Social, en cambio, se vuelve a sumar (art. 308.1.c LGSS).