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Módulo 8 de 8 · 15 min

Tus derechos: grupo, periodo de prueba, formación y sueldo

Curso gratis de camarera de pisos: lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

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Este módulo explica la norma, no tu caso. Si tienes dudas sobre tu contrato, pregunta a un sindicato, a un abogado laboralista o a la Inspección de Trabajo.

Tu grupo y tu periodo de prueba (ALEH VI)

La camarera de pisos está en el grupo profesional segundo del área de pisos (artículo 16). El periodo de prueba se pacta siempre por escrito, se cuenta en días naturales y, para el grupo segundo (salvo el área quinta), tiene estos máximos (artículo 21):

ContratoMáximo para el grupo segundo
Indefinido (fijo ordinario o fijo discontinuo)60 días
Temporal de más de tres meses45 días
Temporal de hasta tres meses30 días

El auxiliar de pisos y limpieza (grupo tercero) tiene 45, 30 y 15 días. Tu convenio provincial puede mejorar estas reglas.

Formación en prevención

  • La empresa debe darte formación teórica y práctica en prevención, centrada en tu puesto, al contratarte, sea cual sea el contrato y su duración, y cuando cambien tus funciones o los equipos (Ley 31/1995, artículo 19.1).
  • Dentro de la jornada o descontando ese tiempo de ella, y sin coste para ti (artículo 19.2).
  • Ante un riesgo grave e inminente puedes interrumpir tu actividad y salir del lugar de trabajo (artículo 21.2).
  • Tú debes cumplir las medidas de prevención, usar bien los equipos y avisar de los riesgos (artículo 29).

Lo que se cobra

El ALEH no trae tablas de sueldo: el salario lo fija el convenio de hostelería de tu provincia. Por ejemplo, en Santa Cruz de Tenerife, desde el 1 de julio de 2026, la camarera de pisos cobra 1.442,00 € al mes de salario en un hotel de 5 o 4 estrellas (tablas del convenio en el BOP n.º 4, de 9 de enero de 2026). Mira el de tu provincia en Tenerife, Baleares, Barcelona, Málaga, Sevilla o Madrid, entre otras.

En la prácticaFirmas un contrato temporal de cuatro meses para la temporada y el periodo de prueba que pone es de 60 días. Para el grupo segundo, el ALEH VI permite como máximo 45 días en un temporal de más de tres meses: consúltalo con el sindicato o con tu convenio provincial.

Fuente: VI Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería (ALEH VI, texto consolidado), artículos 16 y 21 · Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado), artículos 19, 21 y 29

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

¿Cuál es el periodo de prueba máximo de una camarera de pisos con contrato indefinido según el ALEH VI?

¿Cuándo debe darte la empresa formación en prevención de riesgos?

¿Quién paga la formación en prevención de tu puesto?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. ¿Cuál es el periodo de prueba máximo de una camarera de pisos con un contrato temporal de hasta tres meses?

2. ¿Cómo se cuenta el periodo de prueba en el ALEH VI?

3. ¿Cómo debe pactarse el periodo de prueba según el ALEH VI?

4. ¿Dónde se fija el salario de una camarera de pisos?

5. Ante un riesgo grave e inminente en el trabajo, ¿qué puedes hacer según la Ley 31/1995?

Hacer el test final →

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