Algunos datos son tan delicados que su tratamiento está, en principio, prohibido (RGPD, artículo 9.1):
- Origen étnico o racial, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas.
- Afiliación sindical.
- Datos genéticos y biométricos que identifican a una persona (por ejemplo, la huella).
- Datos de salud, física o mental (artículo 4.15).
- Vida sexual u orientación sexual.
Cuándo sí se pueden tratar
Solo en los casos del artículo 9.2: por ejemplo, con consentimiento explícito o cuando es necesario para cumplir obligaciones del Derecho laboral y de la Seguridad Social.
Fuente: Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento general de protección de datos (RGPD), artículos 4.15 y 9