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Módulo 8 de 8 · 20 min

Tus derechos: periodo de prueba, jornada, descansos, vacaciones y nómina

Curso gratis de camarero: lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

Módulo 8 de 8 · Índice del curso

El periodo de prueba, en días naturales (ALEH VI, artículo 21)

En hostelería el periodo de prueba lo fija el acuerdo estatal, no el Estatuto, y tiene que constar por escrito. Se cuenta siempre en días naturales:

ContratoGrupo primero (mandos)Grupo segundo (camarero, barman, sumiller)Grupo tercero (ayudante)
Indefinido (fijo o fijo discontinuo)90 días60 días45 días
Temporal de más de tres meses75 días45 días30 días
Temporal de hasta tres meses60 días30 días15 días
  • Es nulo el periodo de prueba si ya habías hecho ese mismo trabajo en la empresa y lo superaste (artículo 23).
  • A tiempo parcial sin trabajar todos los días: como máximo 30 días de trabajo efectivo en los indefinidos y 20 en los temporales (artículo 24).
  • El personal directivo puede tener hasta seis meses (artículo 22). Sin convenio, el Estatuto pondría dos meses (seis para técnicos titulados) y un mes en los temporales de hasta seis meses (artículo 14.1).

Jornada y descansos (Estatuto de los Trabajadores)

  • Jornada máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio anual (artículo 34.1); tu convenio provincial puede fijar menos horas al año.
  • Como mínimo 12 horas entre el final de una jornada y el principio de la siguiente, y no más de 9 horas ordinarias al día salvo que el convenio reparta de otro modo (artículo 34.3). Un cierre a la 1:00 y una apertura a las 8:00 no cumplen las 12 horas.
  • En jornada continuada de más de 6 horas, pausa de al menos 15 minutos (artículo 34.4).
  • Registro diario de jornada obligatorio, que la empresa guarda cuatro años (artículo 34.9). El acuerdo de 2026 del ALEH VI tipifica como falta los incumplimientos del registro de jornada.
  • Horas extra: máximo 80 al año (artículo 35.2), pagadas como mínimo al valor de la hora ordinaria o compensadas con descanso (artículo 35.1).
  • Descanso semanal de día y medio ininterrumpido, acumulable por periodos de hasta 14 días (artículo 37.1); muchos convenios provinciales de hostelería lo amplían a dos días.
  • Vacaciones: nunca menos de 30 días naturales al año (artículo 38.1).

La nómina

El salario se paga puntualmente y con un recibo individual (la nómina), y las retribuciones periódicas no pueden abonarse con más de un mes entre pagos (artículo 29.1). Tu sueldo mínimo está en la tabla del convenio de hostelería de tu provincia: el ALEH no trae tablas. Para leerla, nuestro curso de la nómina y el convenio de hostelería.

Faltas y sanciones (ALEH VI, artículos 38 a 41)

  • Leves: retrasos de hasta 30 minutos, uniformidad descuidada, falta de aseo ocasional. Sanción: amonestación o suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
  • Graves: más de tres faltas de puntualidad injustificadas, no atender al público con corrección, trabajar bajo los efectos del alcohol, usar los medios de la empresa para fines privados. Sanción: suspensión de 3 a 15 días.
  • Muy graves: tres o más faltas de asistencia sin justificar en 30 días, malos tratos de palabra u obra. Sanción: suspensión de 16 a 60 días o despido.
  • Desde el acuerdo publicado el 4 de septiembre de 2026, el despido disciplinario exige audiencia previa al trabajador (artículo 41.3), el uso del móvil en la jornada sin autorización es falta leve y el ALEH VI queda prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2030.
En la prácticaTe contratan de camarero indefinido y a los 70 días te dicen que «no has pasado la prueba». En el grupo segundo la prueba dura 60 días naturales (artículo 21): pasada esa fecha ya no es desistimiento en prueba, es un despido, con su indemnización o su improcedencia. Guarda el contrato y los registros de jornada.

Fuente: VI Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería (ALEH VI, texto consolidado), artículos 21, 22, 23, 24, 38, 39, 40 y 41 · Acuerdo de modificación del ALEH VI publicado en el BOE el 4 de septiembre de 2026, acuerdo de modificación · Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015 (texto consolidado), artículos 14, 29, 34, 35, 37 y 38

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

Periodo de prueba de un camarero (grupo segundo) con contrato indefinido, según el ALEH VI:

¿Cuántas horas tiene que haber, como mínimo, entre el final de una jornada y el principio de la siguiente?

¿Cuánto tiempo debe guardar la empresa el registro diario de jornada?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. Periodo de prueba de un ayudante de camarero (grupo tercero) con contrato temporal de hasta tres meses, según el ALEH VI:

2. ¿Es válido un periodo de prueba si ya habías hecho ese mismo trabajo en la empresa y lo superaste?

3. ¿Cuántas horas extraordinarias se pueden hacer como máximo al año?

4. ¿Cuántos días naturales de vacaciones hay, como mínimo, al año?

5. Según el ALEH VI, tres o más faltas de asistencia sin justificar en 30 días son…

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