Lo que ponen las ofertas y qué significa cada cosa
| Lo que pone la oferta | Qué es en realidad | Qué llevar |
|---|---|---|
| «Carnet de carretillero» o «carnet de operador de carretillas elevadoras» | El certificado del centro o de la empresa que te formó. Ningún organismo expide un carnet (INSST, guía técnica de equipos de trabajo). | Tu certificado de formación, con fecha, horas y contenidos. |
| «Carnet en vigor» o «formación reciente» | Sin definición legal: por ley no caduca. La ETT, además, tiene que comprobar que tu formación «se encuentra actualizada y adaptada a la evolución de los equipos» (RD 216/1999, art. 3.3). | Un certificado con fecha reciente. Si el tuyo es antiguo, repite la teoría gratis y lleva la fecha de hoy. |
| «Curso según la UNE 58451» o «carnet homologado» | No existe ningún carnet homologado: la UNE 58451 es una norma técnica de uso voluntario (Ley 21/1992, art. 8.3) que prevé teoría y práctica presencial; muchas ETT la toman como referencia. | Un certificado que indique teoría y práctica con la máquina. La práctica la firma la empresa: hoja de prácticas. |
| «Certificado de PRL de carretilla elevadora» o «formación específica RD 1215/1997» | La misma formación: la ley reserva la conducción a quien «haya recibido una formación específica» (RD 1215/1997, anexo II, 2.1), teórica y práctica (Ley 31/1995, art. 19). | Lo mismo que arriba. El nombre cambia según quién redacte la oferta. |
| «COML039PO», «curso del SEPE» | La especialidad pública «Conducción de carretillas elevadoras», de 20 horas (ficha de FUNDAE), que dan los servicios de empleo cuando hay convocatoria. | El diploma de esa especialidad si la hiciste; si no, cualquier certificado equivalente de teoría y práctica. |
| «Experiencia demostrable con retráctil, frontal, recogepedidos…» | Cada tipo de máquina es un equipo distinto: la formación debe cubrir el equipo que vas a usar (RD 1215/1997, art. 5). | Vida laboral o certificados de empresa donde conste la máquina. La ETT debe darte la formación del equipo si te falta. |
Si vas por ETT: quién te forma y quién paga
- La ETT comprueba tu formación antes de cederte, y si falta, te la da. «La empresa de trabajo temporal deberá asegurarse de que el trabajador, previamente a su puesta a disposición de la empresa usuaria, posee la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales necesaria para el puesto de trabajo a desempeñar […]. En caso contrario, deberá facilitar dicha formación al trabajador, con medios propios o concertados, y durante el tiempo necesario, que formará parte de la duración del contrato de puesta a disposición, pero será en todo caso previo a la prestación efectiva de los servicios» (Ley 14/1994, artículo 12.3). Esa formación se puede dar en el propio almacén, antes de empezar, o impartirla la empresa usuaria «con cargo a la empresa de trabajo temporal» (RD 216/1999, art. 3.3).
- No te la pueden cobrar. «Será nula toda cláusula del contrato de trabajo que obligue al trabajador a pagar a la empresa de trabajo temporal cualquier cantidad a título de gasto de selección, formación o contratación» (artículo 12.4). Las ETT, además, destinan por ley el 1 % de su masa salarial a formar a quienes ceden (artículo 12.2).
- El almacén no te deja empezar sin constancia. La empresa usuaria debe asegurarse de que «cuenta con la formación necesaria» y de que te han informado de los riesgos del puesto, y «no permitirá el inicio de la prestación de servicios […] hasta que no tenga constancia» de ello (RD 216/1999, artículo 4; Ley 14/1994, artículo 16.1).
- De tu seguridad en el almacén responde el almacén. La empresa usuaria es responsable de las condiciones de trabajo «en todo lo relacionado con la protección de su salud y seguridad, asegurándoles el mismo nivel de protección que a los restantes trabajadores» (RD 216/1999, artículo 5.1; Ley 14/1994, artículo 16.2). La autorización para conducir su carretilla la da ella, y debe quedar constancia (INSST, NTP 713).
- Dónde no te puede ceder una ETT. No se pueden celebrar contratos de puesta a disposición para trabajos de especial peligrosidad: obras de construcción con los riesgos especiales del anexo II del RD 1627/1997, minería, plataformas marinas, explosivos, radiaciones ionizantes, agentes cancerígenos o biológicos de los grupos 3 y 4 (RD 216/1999, artículo 8). Un almacén o una fábrica no están en esa lista.
Si te contrata el almacén directamente
La regla es la misma, sin intermediario: la empresa «deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada», al contratarte y cuando cambien el equipo o tus funciones, dentro de la jornada y sin que su coste recaiga sobre ti (Ley 31/1995, artículo 19); te informa por escrito del equipo (RD 1215/1997, art. 5) y te autoriza a conducirlo (NTP 713). Pedir un certificado previo en la oferta es un requisito de selección legítimo, como el carnet de conducir; lo que no puede hacer es exigirte que pagues la formación de su puesto. Cuánto se cobra: ¿cuánto cobra un carretillero?; y si buscas trabajo de almacén en general, qué curso hacer para trabajar en un almacén.
Qué llevar a la ETT o a la entrevista
- La teoría, hecha y con fecha de hoy. El curso gratis de carretillero: 7 módulos (estabilidad, placa de carga, circulación, rampas, estanterías, revisión diaria), unos 105 minutos de lectura, test de 25 preguntas que se aprueba con 20 y certificado en PDF gratis, sin registro.
- La práctica, documentada. La hoja de prácticas con carretilla, para que la empresa donde la hagas apunte la máquina, las horas y firme. Por qué la práctica no puede ser online: ¿vale el carnet de carretillero online?
- Si te piden comprobarlo, la versión verificable con código (4,99 €, pago único con factura) se comprueba en laboria.app/verificar. Qué incluye y qué no es: el certificado de LaborIA. No es un carnet oficial, porque ninguno lo es; la ETT o el almacén deciden si les basta y completan la formación de su equipo.
Cuánto se tarda y qué cobra cada web por la teoría: ¿cuánto se tarda en sacar el carnet y cuánto cuesta?. Y si tu certificado es de hace años: ¿caduca el carnet de carretillero?