Dimisión · Art. 49.1.d ET
Cuánto preaviso tienes que dar si quieres dimitir
El Estatuto no fija un número de días fijo — depende de tu convenio colectivo. El criterio general más usado son 15 días naturales. No avisar puede costarte parte del finiquito.
Cuánto preaviso tienes que dar si quieres dimitir Cuando dimites de tu puesto de trabajo, debes preavisar a tu empresa con la antelación que señale tu convenio colectivo o, en su defecto, la costumbre del lugar (Art. 49.1.d ET). A falta de una regulación específica, el criterio general aplicado es de 15 días naturales, ampliable a 30 para perfiles de mayor cualificación técnica. No respetar el preaviso puede suponer un descuento en tu finiquito.
Cuántos días de preaviso debes dar
El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo concreto — remite al convenio colectivo o, en su defecto, a la costumbre del lugar (Art. 49.1.d ET). En la práctica, el criterio general más aplicado es de 15 días naturales, que puede ampliarse a 30 días para puestos de mayor cualificación técnica o responsabilidad, según lo que diga tu convenio.
Qué dice tu convenio colectivo
Antes de dimitir, revisa siempre tu convenio — es la fuente que realmente fija el plazo exacto para tu sector. Algunos convenios fijan plazos distintos según la antigüedad o la categoría profesional.
Qué pasa si no avisas con tiempo
Si no cumples el preaviso, tu empresa puede descontar de tu finiquito el equivalente al salario de los días no preavisados — siempre que te haya informado previamente de esta obligación (por ejemplo, en el contrato o el convenio). No es una sanción penal, es una compensación económica por el perjuicio causado.
Cómo comunicar la dimisión
Hazlo siempre por escrito y consigue un acuse de recibo (copia sellada o email con confirmación de lectura) — es tu prueba de la fecha en que empezaste a preavisar. No necesitas justificar el motivo de tu dimisión ante la empresa.
Tus derechos al dimitir
Tienes derecho al finiquito completo (salario pendiente, parte proporcional de pagas extra y vacaciones no disfrutadas). Lo que NO tienes, salvo excepciones, es derecho a la prestación por desempleo — la dimisión voluntaria no da acceso al paro, a diferencia de un despido.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que justificar por qué dimito?+
No. No existe obligación legal de explicar el motivo de tu dimisión a la empresa, solo de preavisar con la antelación correspondiente.
¿Cobro el paro si dimito voluntariamente?+
Por regla general, no. Existen excepciones — por ejemplo, si dimites por ser víctima de violencia de género, o si tu extinción se ampara en el Art. 50 ET (incumplimientos graves de la empresa, que equivalen a un despido indirecto con derecho a paro e indemnización).
¿Qué pasa si mi empresa no me deja irme antes del preaviso?+
El preaviso protege a la empresa, no la obliga a retenerte más allá de lo pactado. Si tras el periodo de preaviso quieres irte, puedes hacerlo — la empresa no puede impedirlo.
¿Puedo retractarme de mi dimisión?+
Una vez comunicada, la dimisión es un acto unilateral y en principio irrevocable salvo que la empresa acepte tu marcha atrás. Si tienes dudas, es mejor no comunicarla hasta estar seguro.
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