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Paternidad · Art. 48.4 ET + LGSS

Permiso de paternidad: 16 semanas al 100% desde 2021

Desde el 1 enero 2021 el permiso de paternidad se equipara al de maternidad: 16 semanas al 100% de la base reguladora. Aquí cómo solicitarlo y organizar las semanas.

Respuesta rápida: El permiso de paternidad en España 2026 dura 16 semanas ininterrumpidas para el otro progenitor (Art. 48.4 ET, redacción tras RDL 6/2019), con las 6 primeras semanas OBLIGATORIAS inmediatamente después del parto y las 10 restantes disfrutables en cualquier momento hasta que el hijo cumpla 12 meses. La prestación del INSS es del 100% de la base reguladora — sin coste para la empresa.

Distribución de las 16 semanas

6 semanas OBLIGATORIAS e ininterrumpidas inmediatamente después del parto, más 10 semanas flexibles disfrutables hasta el primer cumpleaños del bebé, en periodos semanales, seguidos o alternos, a jornada completa o parcial (previo acuerdo con la empresa). El objetivo del legislador es forzar la corresponsabilidad en el cuidado del recién nacido.

Requisitos y solicitud

Requisitos idénticos a maternidad: afiliación, alta o situación asimilada al alta, y cotización mínima (180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral). Se solicita al INSS en los 15 días naturales siguientes al parto, con: libro de familia, informe de maternidad de la madre, DNI e IBAN. Pago del INSS en 30-45 días.

Cuantía

100% de la base reguladora sin tope máximo relevante. La BR es la media de las bases de cotización por contingencias comunes de los 6 meses anteriores al parto. Si cobrabas 3.000 €/mes brutos con prorrata, cobras 3.000 €/mes del INSS durante las 16 semanas (aproximadamente 11.000 € totales netos).

Protección legal

Idéntica a maternidad: el despido durante el permiso o hasta 12 meses después es NULO. Tienes derecho a reincorporarte al mismo puesto o equivalente. Puedes ejercer reducción de jornada por cuidado de hijos y solicitar excedencia por hasta 3 años (Art. 46 ET) con reserva del puesto durante el primer año.

Preguntas frecuentes

¿Autónomo tiene derecho al permiso de paternidad?+
Sí, con las mismas condiciones — 16 semanas al 100% de la BR (calculada sobre la base de cotización RETA). Requiere estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
¿Puedo dividir las 10 semanas flexibles en varios periodos?+
Sí. Puedes distribuirlas en periodos semanales, incluso alternos (una semana sí una semana no). Requiere comunicar a la empresa con 15 días de antelación cada tramo.
¿Puedo cogerlas todas seguidas con la madre?+
Sí. Los dos progenitores pueden estar de baja simultáneamente durante las 6 obligatorias + las 10 flexibles, si así lo deciden.
¿Y si no cumplo los días de cotización mínimos?+
En ese caso NO tienes derecho a la prestación económica del INSS, pero SÍ al permiso laboral (la empresa no puede negártelo). Es decir, tienes la baja pero sin cobrar prestación.
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