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Período de prueba · Art. 14 ET

Período de prueba: cuánto dura y qué pasa si te despiden en él

Máximo 6 meses para técnicos titulados, 2 meses para el resto. Durante ese tiempo, cualquiera de las dos partes puede romper el contrato sin indemnización ni preaviso.

Período de prueba: cuánto dura y qué pasa si te despiden en él El período de prueba en un contrato indefinido no puede superar los 6 meses para trabajadores técnicos titulados ni los 2 meses para el resto de personas empleadas (Art. 14.1 ET), salvo que el convenio colectivo fije límites distintos. Durante ese tiempo, tanto la empresa como el trabajador pueden extinguir el contrato en cualquier momento, sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización.

Duración máxima según tu perfil

El Art. 14.1 ET fija dos topes generales: 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto de trabajadores (en empresas de menos de 25 empleados, este segundo tope puede llegar a 3 meses para quienes no sean técnicos titulados). El convenio colectivo de tu sector puede fijar plazos distintos — siempre revísalo, porque prevalece sobre el Estatuto salvo que sea más perjudicial para ti.

Qué puede pasar durante el periodo de prueba

Es la principal diferencia con el resto de la relación laboral: durante el período de prueba, cualquiera de las dos partes puede rescindir el contrato en cualquier momento, sin necesidad de preaviso, sin justificar causa y sin derecho a indemnización (Art. 14.2 ET). No es un despido en sentido técnico, aunque en la práctica termine igual tu relación laboral.

Cuándo el período de prueba es nulo

Si ya has desempeñado las mismas funciones en esa empresa anteriormente, bajo cualquier modalidad de contratación, el pacto de período de prueba es nulo (Art. 14.1 ET) — se entiende que ya demostraste tu valía y no cabe volver a probarte.

Tus derechos durante el periodo de prueba

Tienes los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador de tu categoría: salario íntegro, cotización a la Seguridad Social, generación de vacaciones proporcionales y acceso a los mismos permisos retribuidos. Lo único distinto es la facilidad para terminar el contrato.

Qué pasa si te despiden en período de prueba

No tienes derecho a indemnización ni a preaviso. Si la extinción responde a un motivo discriminatorio (embarazo, afiliación sindical, etc.) o vulnera un derecho fundamental, sí puedes impugnarla — en ese caso sería nula, no un cese ordinario del período de prueba.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden despedir sin motivo durante el periodo de prueba?+
Sí. Cualquiera de las dos partes puede terminar el contrato sin justificar causa ni pagar indemnización mientras dure el período de prueba, salvo que la extinción sea discriminatoria.
¿Tengo derecho a paro si me despiden en periodo de prueba?+
Sí, si cumples los requisitos generales de cotización del SEPE (mínimo 360 días en los últimos 6 años) — el motivo de la extinción no te excluye de la prestación por desempleo.
¿El periodo de prueba debe estar por escrito?+
Sí, siempre. Si no consta expresamente en el contrato firmado, se entiende que no existe período de prueba y tendrías los mismos derechos de indemnización que cualquier despido ordinario.
¿Puedo coger vacaciones durante el periodo de prueba?+
Las generas desde el primer día, igual que cualquier trabajador, aunque disfrutarlas dependerá del acuerdo con tu empresa — no hay ninguna norma que te lo prohíba expresamente.
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