Una nómina se anota de golpe. Con cifras inventadas: sueldo bruto de 2.000 €, retención de IRPF de 300 € y cotización del trabajador a la Seguridad Social de 130 €. El empleado cobra 2.000 − 300 − 130 = 1.570 €.
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 640 Sueldos y salarios | 2.000 | |
| 4751 H. P. acreedora por retenciones practicadas | 300 | |
| 476 Organismos de la Seguridad Social, acreedores | 130 | |
| 465 Remuneraciones pendientes de pago | 1.570 |
Al pagar al empleado: 465 al debe y 572 al haber por 1.570. La retención no es un gasto de la empresa: es dinero del trabajador que ingresa a Hacienda. La cotización a cargo de la empresa va aparte, como gasto, en la cuenta 642 Seguridad Social a cargo de la empresa.
Amortización: el desgaste
Un bien que dura años no es un gasto del día en que se compra: su coste se reparte durante su vida útil. En la amortización lineal se divide el coste (menos el valor residual) entre los años de vida. Una furgoneta de 30.000 € a 10 años y sin valor residual se amortiza 3.000 € al año: 681 Amortización del inmovilizado material 3.000 al debe y 281 Amortización acumulada del inmovilizado material 3.000 al haber.
Existencias
Las mercaderías que quedan sin vender son un activo (grupo 3) y se valoran por lo que costaron, no por lo que esperas cobrar. Al contarlas en el inventario, se comparan con lo que dicen los libros.
Fuente: Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, cuadro de cuentas