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Módulo 7 de 8 · 15 min

Uniforme, distintivo, defensa, grilletes y armas

Curso gratis de vigilante de seguridad (TIP): lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

Módulo 7 de 8 · Índice del curso

Uniforme y distintivo

  • Los vigilantes prestan servicio con uniforme y distintivo del cargo y con los medios de defensa reglamentarios, que no incluyen armas de fuego (Ley 5/2014, artículo 39.2). Uniformes y distintivos no pueden confundirse con los de la policía ni con los de las Fuerzas Armadas (artículo 39.1).
  • No se puede vestir el uniforme ni usar los distintivos fuera de las horas y lugares del servicio y de los ejercicios de tiro (Reglamento, artículo 87.2).
  • El escudo-emblema de la empresa va en la parte alta de la manga izquierda (Orden INT/318/2011, artículo 24) y el distintivo, con el número de habilitación, en la parte superior izquierda del pecho, sin que quede oculto (artículo 25.2 y 25.3).

Defensa y grilletes

  • La defensa reglamentaria es negra, de goma semirrígida y de 50 centímetros; los grilletes, «de manilla» (Orden, artículo 26.1).
  • Se lleva en el servicio, salvo en la protección del transporte de fondos, valores, objetos valiosos o peligrosos y explosivos (artículo 26.2).
  • Cuando hay que detener e inmovilizar a alguien para entregarlo a la policía, el jefe de seguridad puede disponer el uso de grilletes (Reglamento, artículo 86.3).

Armas de fuego

  • Se prestan con armas, entre otros, los servicios de transporte y custodia de dinero, valores y objetos valiosos, los de fábricas y depósitos de armas y explosivos, los de buques en aguas de grave riesgo y, cuando lo requieran, la vigilancia perimetral de centros penitenciarios y otras instalaciones públicas (Ley, artículo 40.1).
  • El arma solo se porta estando de servicio, salvo las excepciones del reglamento (artículo 40.3).
  • Arma reglamentaria: revólver del calibre 38 especial de cuatro pulgadas; si se usan armas largas, la escopeta de repetición del calibre 12/70 (Orden, artículo 19).
  • Ejercicios de tiro: uno por semestre para quien presta servicio con armas y uno al año para quien tiene licencia pero no las usa; no pueden pasar más de 8 y 14 meses entre ejercicios, respectivamente (Reglamento, artículo 84.1). En cada ejercicio semestral, al menos 25 disparos (Orden, artículo 21).
  • Quien presta o puede prestar servicio con armas pasa pruebas psicotécnicas cada cinco años, cada dos a partir de los 55 (Reglamento, artículo 85).
En la prácticaSales del turno en un hospital y vas a comprar al súper de enfrente con la chaqueta del uniforme puesta. No puedes: fuera del horario y del lugar del servicio no se viste el uniforme ni se lleva el distintivo.

Fuente: Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (texto consolidado), artículos 39 y 40 · Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada (texto consolidado; vigente en lo que no contradiga la Ley 5/2014), artículos 84 a 87 · Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada (texto consolidado), artículos 19, 21, 22, 24, 25 y 26

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

¿Cuál es el arma reglamentaria de los vigilantes en los servicios con armas?

¿Cómo es la defensa reglamentaria del vigilante?

¿Cada cuánto hace un ejercicio de tiro el vigilante que presta servicio con armas?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. ¿Puede un vigilante vestir el uniforme fuera de las horas y lugares del servicio?

2. ¿Dónde se lleva el distintivo del vigilante?

3. ¿Quién puede disponer el uso de grilletes para inmovilizar a un detenido?

4. ¿Cada cuánto pasa pruebas psicotécnicas el vigilante que presta o puede prestar servicio con armas?

5. ¿Cuándo puede portar el arma de fuego el personal de seguridad privada?

Índice del curso