Agentes biológicos (Real Decreto 664/1997)
En una ambulancia hay contacto con sangre y fluidos. Donde hay ese riesgo, la empresa debe:
- Prohibir comer, beber o fumar en las zonas de riesgo y darte prendas de protección adecuadas (artículo 7.1).
- Tener aseos con productos para lavarse los ojos y antisépticos para la piel, y un sitio para guardar los equipos de protección, limpiarlos y comprobarlos (artículo 7.1).
- Darte, dentro de la jornada, diez minutos de aseo antes de comer y otros diez antes de salir (artículo 7.2).
- Ofrecerte vigilancia de la salud antes de exponerte y periódicamente, y poner a tu disposición las vacunas eficaces que existan, informándote de sus ventajas e inconvenientes (artículo 8).
Al acabar, la ropa de trabajo y los equipos que puedan estar contaminados se quitan y se guardan aparte de tu ropa (artículo 7.3).
Mover pacientes
Subir y bajar camillas y sillas, a veces por escaleras, es uno de los esfuerzos del oficio. El SANT0208 dedica 100 horas a la inmovilización, movilización y traslado del paciente (MF0071_2): se aprende con práctica, en equipo y con los medios de la ambulancia. Lo básico de cómo levantar peso lo explica el curso de manipulación manual de cargas.
Tráfico y estrés
Conducir en urgencia y atender situaciones de crisis desgasta. Por eso el certificado incluye apoyo psicológico y social en situaciones de crisis (MF0072_2, 40 horas).
Lo que dice la ley de prevención
- La empresa te forma en los riesgos de tu puesto, en la jornada o descontando ese tiempo (Ley 31/1995, artículo 19), y sin coste para ti (artículo 14.5).
- Tú usas bien los equipos y la protección y avisas de los riesgos que veas (artículo 29).
Fuente: Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos, artículos 7 y 8 · Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado), artículos 14, 19 y 29 · Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad (anexo II: SANT0208 Transporte sanitario), anexo II, MF0071_2 y MF0072_2