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Módulo 2 de 8 · 15 min

Identificación, firma, derechos y relación electrónica (artículos 9 a 15)

Curso gratis de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo (oposiciones): lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

Módulo 2 de 8 · Índice del curso

Identificación y firma (artículos 9 a 12)

  • Las Administraciones deben verificar la identidad de los interesados por el nombre y apellidos o la razón social que consten en el DNI o documento equivalente (9.1). Identificación electrónica: certificados cualificados de firma, certificados cualificados de sello y cualquier otro sistema que la Administración considere válido con registro previo (9.2).
  • Con carácter general basta con identificarse; la firma solo es obligatoria para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos (11.2).
  • Si un interesado no obligado a la relación electrónica no tiene medios, un funcionario habilitado puede identificarse o firmar por él, con su consentimiento expreso (12.2). Cada Administración mantiene un registro de funcionarios habilitados (12.3).

Derechos de las personas (artículo 13)

Comunicarse con las Administraciones a través de un Punto de Acceso General electrónico; ser asistido en el uso de medios electrónicos; usar las lenguas oficiales de su comunidad; acceder a la información pública, archivos y registros (Ley 19/2013); ser tratado con respeto y deferencia; exigir responsabilidades; obtener y usar medios de identificación y firma; protección de datos; y los demás que reconozcan la Constitución y las leyes. Los del artículo 53 son los de los interesados en un procedimiento.

Quién está obligado a relacionarse electrónicamente (artículo 14)

Pueden elegir (14.1)Obligados en todo caso (14.2)
Las personas físicas, que pueden cambiar el medio en cualquier momento; reglamentariamente puede obligarse a ciertos colectivos con acceso acreditado a medios electrónicos (14.3) Las personas jurídicas; las entidades sin personalidad jurídica; quienes ejercen una actividad profesional de colegiación obligatoria (notarios y registradores incluidos) en los trámites de esa actividad; quienes representen a un obligado; y los empleados públicos para los trámites por su condición de empleado, como determine cada Administración

Lengua de los procedimientos (artículo 15)

En la Administración General del Estado la lengua es el castellano, pero ante órganos con sede en una comunidad con lengua cooficial el interesado puede usarla y el procedimiento se tramita en la lengua elegida; si hay varios interesados y discrepan, se tramita en castellano y los documentos que pidan se expiden en la lengua elegida (15.1). Los documentos que deban surtir efecto fuera de la comunidad se traducen al castellano, salvo que vayan a otra comunidad con la misma lengua cooficial (15.3).

Truco de testUn autónomo que no está colegiado es persona física y puede elegir papel o electrónico. Un abogado o un notario en los trámites de su profesión, una sociedad limitada o una comunidad de propietarios (entidad sin personalidad) están obligados a lo electrónico.

Fuente: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (texto consolidado del BOE), artículos 9 a 15

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

En un procedimiento de la Administración General del Estado con varios interesados que discrepan sobre la lengua, ¿en cuál se tramita?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. ¿Qué deben comprobar las Administraciones para verificar la identidad de los interesados?

2. Si un interesado no obligado a lo electrónico no dispone de medios, ¿quién puede firmar electrónicamente por él?

3. ¿A través de qué punto tienen derecho las personas a comunicarse con las Administraciones?

4. ¿Puede una persona física cambiar el medio elegido para comunicarse con la Administración?

5. ¿Qué profesionales quedan en todo caso incluidos entre los obligados a relacionarse electrónicamente por colegiación obligatoria?

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