Conductor de VTC en la Comunidad de Madrid (Decreto 5/2024, artículo 3.1)
- Permiso de conducir de la clase B con al menos dos años de antigüedad.
- Estar en la plantilla de la empresa y de alta en la Seguridad Social.
- No tener una enfermedad infecto-contagiosa ni un impedimento físico o psíquico que dificulte conducir o ponga en peligro a los viajeros, ni consumir habitualmente drogas o alcohol.
- No haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual.
- No tener a la vez otros trabajos que afecten a tu capacidad para conducir o a la seguridad vial.
- Aprobar la prueba de conocimientos de la Comunidad de Madrid (módulo 3).
Las empresas deben tener conductores al menos para el 75 % de sus autorizaciones (artículo 2.1.d) y darte la formación continua que fije el convenio (artículo 3.3).
El permiso de conductor de VTC (Orden de 28 de marzo de 2025)
- Se pide por el registro electrónico de la Comunidad de Madrid tras aprobar la prueba (artículo 9) y dura cinco años. Se renueva desde tres meses antes de caducar, sin repetir el examen (artículo 11).
- Durante el servicio, el permiso debe estar accesible al usuario (artículo 10.2), y quedas inscrito en el registro de conductores de VTC de la Comunidad (artículo 12).
- Quien ya conducía VTC al entrar en vigor el Decreto 5/2024 tuvo 18 meses desde la entrada en vigor de la orden (el 2 de abril de 2025) para aprobar. Pasado ese plazo, en octubre de 2026, todos los VTC deben ir conducidos por alguien con el permiso (disposición transitoria primera). Quien llevaba un año seguido, o dos en los cuatro anteriores, quedó exento del examen.
- No hace falta el examen si ya tienes el permiso de VTC de otra comunidad o el de taxi de un ayuntamiento y su prueba evaluó lo mismo (artículo 8).
Conductor de taxi
El permiso municipal de conductor de autotaxi lo expide el ayuntamiento o el organismo que gestiona el taxi en su área (la propia orden de Madrid habla del permiso «expedido por un Ayuntamiento», artículo 8). Cada ayuntamiento fija su examen y sus requisitos: pregunta en el de tu ciudad.
Dos cosas que han cambiado y que mucha gente no sabe
- El permiso BTP, que se pedía para el taxi, se suprimió el 31 de diciembre de 2015: hoy basta la clase de permiso que corresponda al vehículo (Real Decreto 1055/2015, disposición adicional segunda).
- En servicio público, la tasa máxima de alcohol es de 0,3 g/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado, no la de 0,5 g/l (Reglamento General de Circulación, artículo 20).
Lo que cobra un conductor depende del convenio y de la empresa: los datos están en la ficha ¿Cuánto gana un taxista o conductor de VTC?, con sus fuentes.
Fuente: Comunidad de Madrid, Decreto 5/2024, de 10 de enero, arrendamiento de vehículos con conductor (BOCM n.º 9, de 11/01/2024), artículos 2.1.d, 3 y disposición transitoria segunda · Comunidad de Madrid, Orden de 28 de marzo de 2025, prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de VTC (BOCM n.º 77, de 01/04/2025), artículos 8 a 12 y disposición transitoria primera · Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, que modifica el Reglamento General de Conductores (supresión del permiso BTP), disposición adicional segunda · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (texto consolidado), artículo 20