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Módulo 1 de 6 · 20 min

Qué es un celador: la categoría y las 23 funciones del artículo 14.2 (Estatuto de 1971)

Curso gratis de celador (oposiciones de sanidad): lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

Módulo 1 de 6 · Índice del curso

De dónde salen las funciones del celador

  • Las funciones del celador están en el Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, aprobado por la Orden de 5 de julio de 1971 (BOE de 22 de julio). El Estatuto Marco (Ley 55/2003) lo derogó, pero su disposición transitoria sexta, apartado 1.b) mantiene vigentes «las disposiciones relativas a categorías profesionales del personal estatutario y a las funciones de las mismas» hasta que cada servicio de salud las regule. Por eso el artículo 14 de 1971 sigue en todos los temarios.
  • El Estatuto de 1971 ordena al personal en cuatro grupos (artículo 5): técnico, de servicios especiales, de oficio y subalterno. El grupo subalterno (artículo 9) tiene una escala general (jefes de personal subalterno y celadores) y una escala de servicio (fogoneros, planchadoras, lavanderas, pinches y limpiadoras).
  • En el Estatuto Marco, el celador es personal estatutario de gestión y servicios (artículo 7: oficios que no tienen carácter sanitario), dentro de «otro personal» (7.2.c): categorías en las que se exige la certificación de los años cursados de la ESO «o título o certificado equivalente». Por eso las convocatorias piden el certificado de escolaridad.

El jefe de personal subalterno (artículo 14.1)

Ejerce, por delegación del Administrador, la jefatura del personal de celadores y dirige su trabajo; los instruye; comprueba que el personal de oficio y subalterno cumple el horario; vigila la limpieza; controla con discreción los paquetes de las personas ajenas; mantiene el régimen de acceso de enfermos, visitantes y personal; cuida del orden del edificio y da cuenta de los desperfectos; revisa la compostura y el uniforme de su personal; informa a los familiares de los fallecidos de los trámites del entierro; y las funciones análogas que le ordenen el Director o el Administrador.

Las 23 funciones del celador (artículo 14.2), agrupadas

GrupoFunciones (con su número en el artículo 14.2)
Comunicaciones y objetos1. Tramitar o conducir sin tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les confíen sus superiores, y trasladar de unos servicios a otros los aparatos o mobiliario que se requiera.
Guardias y ascensor2. Servicios de guardia dentro de los turnos. 5. Ascensoristas cuando se les asigne o lo exijan las necesidades del servicio.
Vigilancia y orden6. Vigilar las entradas: solo personas autorizadas. 7. Vigilancia nocturna del interior y del exterior; puertas de servicios complementarios cerradas. 8. Velar por el mayor orden y silencio. 9. Dar cuenta a sus superiores de los desperfectos o anomalías en la limpieza y la conservación. 10. Vigilar el acceso y la estancia de familiares y visitantes en las habitaciones; solo paquetes autorizados por la Dirección. 11. Vigilar el comportamiento de enfermos y visitantes (que no fumen, no traigan alimentos ni se sienten en las camas) y que los visitantes no deambulen.
Enseres y limpieza3. Excepcionalmente, labores de limpieza que se les encomienden cuando por la situación, el peso o la dificultad no sean idóneas para el personal femenino (el texto es de 1971). 4. Cuidar de que los enfermos no hagan uso indebido de enseres y ropas e instruirles en el uso de persianas, cortinas y útiles.
Pacientes12. Traslado de los enfermos, dentro de la institución y en el servicio de ambulancias. 13. Ayudar a enfermeras y ayudantes de planta en el movimiento y traslado de enfermos encamados que requieran trato especial para hacerles las camas. 14. Excepcionalmente, lavar y asear a los enfermos masculinos encamados que no puedan por sí mismos, según las supervisoras. 15. En ausencia del peluquero o por urgencia, rasurar a los enfermos masculinos que vayan a ser operados en la zona que lo requiera. 17. Bañar a los enfermos masculinos que no puedan por sí mismos, según las supervisoras. 18. Cuando el enfermo no pueda ser movido solo por la enfermera, ayudar a colocar y retirar las cuñas.
Quirófano, mortuorio y laboratorio16. En los quirófanos, auxiliar en las labores propias del celador destinado allí y en lo que ordenen médicos o enfermeras. 19. Ayudar a amortajar a los fallecidos; el traslado de los cadáveres al mortuorio corre a su cargo. 20. Ayudar en las autopsias en lo auxiliar, sin usar instrumental sobre el cadáver; limpiar la mesa y la sala. 21. Cuidar, alimentar y asear los animales de los quirófanos experimentales y laboratorios, con sus jaulas limpias.
Discreción22. Abstenerse de comentarios con familiares y visitantes sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos, «y mucho menos» sobre el pronóstico: orientar siempre al médico encargado. 23. Las funciones similares que les encomienden sus superiores y no estén reseñadas.

Fijo, temporal y sustituto (Ley 55/2003, artículos 8, 9 y 9 bis)

Es personal estatutario fijo quien, superado el proceso selectivo, obtiene un nombramiento para desempeñar las funciones con carácter permanente (artículo 8). El personal estatutario temporal es siempre interino (artículo 9, redacción del Real Decreto-ley 12/2022): por plaza vacante (máximo tres años), por programas temporales (máximo tres años) o por acumulación de tareas (máximo nueve meses en dieciocho). El sustituto (artículo 9 bis) cubre vacaciones, permisos y ausencias con reserva de plaza, la exención de guardias y las reducciones de jornada.

Truco de testTres palabras que cambian la respuesta: «excepcionalmente» va con la limpieza (3) y con lavar y asear (14); «en ausencia del peluquero» con rasurar (15); y el traslado de cadáveres al mortuorio es «a su cargo» (19), mientras que en las autopsias solo ayuda y sin instrumental (20).

Fuente: Orden de 5 de julio de 1971, Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (BOE núm. 174, de 22 de julio de 1971, texto original en PDF), artículos 5, 9 y 14 · Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (texto consolidado del BOE), disposición transitoria sexta · Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (texto consolidado del BOE), artículos 5 a 9 bis

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

¿Por qué siguen vigentes las funciones del celador del Estatuto de Personal no Sanitario de 1971?

Según el artículo 14.2 del Estatuto de 1971, ¿qué función del celador se califica de «excepcional»?

¿Qué deben hacer los celadores si un familiar les pregunta por el diagnóstico de un enfermo?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. ¿Quién ejerce, por delegación del Administrador, la jefatura del personal de celadores?

2. ¿Qué clases forman la escala de servicio del grupo de personal subalterno en el Estatuto de 1971?

3. Según el artículo 14.2 del Estatuto de 1971, ¿qué corresponde al celador respecto de los cadáveres?

4. ¿En qué apartado de la clasificación del Estatuto Marco encaja el celador?

5. ¿Cuál es la duración máxima de un nombramiento de interino por plaza vacante?

Índice del curso