Buena parte del texto de 2006 se mantiene: la norma nueva lo reordena y lo endurece en puntos concretos. Esta tabla compara los artículos de las dos normas; el Real Decreto 396/2006 ya no está en vigor.
| Real Decreto 396/2006 (derogado) | Real Decreto 847/2026 (vigente) |
|---|---|
| Límite de exposición | |
| 0,1 fibras por centímetro cúbico en 8 horas (artículo 4.1) | 0,01 fibras por centímetro cúbico en 8 horas: diez veces más bajo (artículo 4.1) |
| Cómo se mide | |
| Microscopía óptica de contraste de fases | Microscopía electrónica, contando también las fibras de menos de 0,2 micrómetros (artículo 4.1 y anexo I.3); hasta el 20 de diciembre de 2029 vale el método óptico MTA/MA-051 del INSST (disposición transitoria tercera) |
| Identificar el amianto antes de la obra | |
| Antes de demolición o mantenimiento, con información de los propietarios (artículo 10.2) | Antes de demolición, mantenimiento o rehabilitación de locales anteriores a la prohibición del amianto; si no hay información, examen por un operador cualificado (artículo 10.2 y disposición final tercera.3) |
| Formación | |
| Lista de contenidos en el artículo 13; sin certificado ni requisitos del formador | Anexo III: parte común teórica y parte específica teórico-práctica, formador de nivel superior, formación adicional en demolición y retirada y certificado con fecha, duración, contenido e idioma (artículo 14 y anexo III) |
| Protección respiratoria | |
| Máximo 4 horas diarias (artículo 8.2) | Mismo máximo de 4 horas y, además, comprobación del ajuste por el trabajador tras cada colocación y ensayos cuantitativos de ajuste por la empresa (artículo 8.2 y 8.3) |
| Plan único de carácter general | |
| Para operaciones de corta duración o no programables (artículo 11.4) | Supuestos tasados: mantenimiento o retirada de no friables en una sola jornada, máximo 4 horas por persona y 16 horas en total; transporte de residuos; muestras; urgencias; exámenes del 10.2 (artículo 11.4) |
| RERA | |
| Inscripción sin plazo de validez (artículo 17) | Inscripción válida 3 años, renovable presentando el último plan aprobado; baja de oficio si no se renueva (artículo 18.4 y 18.5); las ya inscritas piden la renovación en 6 meses (disposición transitoria segunda) |
| Archivo durante 40 años | |
| Datos ambientales, de exposición y de salud (artículo 18.4) | Lo mismo y, además, los certificados individuales de formación (artículo 19.4) |
| Lista pública | |
| No existía | Las Administraciones publican la lista de empresas inscritas con al menos un plan aprobado (artículo 21.4) |
Lo que se mantiene
El plan de trabajo por cada trabajo y su aprobación por la autoridad laboral en 45 días con silencio positivo (artículo 12.2 en las dos normas), la comunicación de inicio, la vigilancia de la salud antes y periódica, y el control médico después de dejar la empresa a través del Sistema Nacional de Salud (artículo 17).
Qué pasa con lo que ya estaba en marcha
Los planes presentados antes del 24 de octubre de 2026 se tramitan con la norma anterior hasta que se resuelvan (disposición transitoria cuarta). Los datos archivados con la norma de 2006 y con el Reglamento de 1984 se conservan como esas normas decían (disposición transitoria primera).
Fuente: Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre, disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE-A-2026-22081, en vigor desde el 24 de octubre de 2026), artículos 4.1, 8.3, 10.2, 11.4, 14, 18.4, 19.4 y 21.4, anexo III y disposiciones transitorias segunda y tercera · Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, trabajos con riesgo de exposición al amianto (derogado por el Real Decreto 847/2026; solo para comparar), artículos 4.1, 8.2, 10.2, 11.4, 13, 17 y 18.4 (derogado)