Publica tu oferta →

No me pagan el plus de convenio: qué hacer El salario del convenio es un suelo de derecho necesario: un contrato no puede pagar por debajo aunque tú lo hayas firmado. Si te falta un plus o tu bruto anual queda por debajo de tu grupo, puedes reclamar las diferencias del último año — pasado ese año, prescriben y no se recuperan.

Guía práctica

No me pagan el plus de convenio: qué hacer

Primero: no compares mensualidades

Las tablas de convenio suelen ser anuales e incluir las pagas extra. Comparar tu mensual contra una tabla anual es el error que hace que mucha gente crea que cobra bien cuando no, y al revés. Suma tu bruto de los doce meses más las extras y compara ese número.

Segundo: tu grupo no es tu título

La clasificación va por las funciones que haces realmente, no por cómo te llamen en el contrato. Si tu contrato dice «auxiliar» pero llevas tú sola la contabilidad, lo que manda es lo segundo. Esto se llama clasificación profesional y es la base de la mayoría de reclamaciones que se ganan.

Tercero: mira si el plus es de convenio o voluntario

Un plus fijado en convenio (antigüedad, nocturnidad, penosidad, transporte) es exigible. Un complemento «voluntario» que la empresa te da por encima del convenio puede absorberse cuando suben las tablas, salvo que el propio convenio lo prohíba. Es la diferencia entre reclamar y no tener nada que reclamar.

El plazo: un año, y corre

El artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores da un año para reclamar cantidades desde que se pudieron exigir. Cada mensualidad prescribe por separado: hoy puedes reclamar los últimos doce meses, dentro de tres meses habrás perdido tres. No es una situación que mejore esperando.

Cómo se reclama, en orden

1) Reclamación escrita a la empresa, con copia sellada o enviada de forma que quede constancia — eso interrumpe la prescripción. 2) Si no hay respuesta o es negativa, papeleta de conciliación ante el SMAC de tu comunidad, que es gratuito y obligatorio antes de demandar. 3) Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social. El proceso es gratuito para el trabajador y no necesitas abogado obligatoriamente, aunque conviene.

El atajo

Todo lo anterior puedes comprobarlo a mano. Si prefieres no hacerlo, la herramienta lo hace por ti en menos de un minuto y te dice exactamente qué concepto no cuadra.

Comprobar mi nómina gratis → Calcular mi neto →
Alertas salariales gratuitas

Actualizaciones mensuales de salarios y demanda para tu sector. Sin spam.

Preguntas frecuentes

Firmé el contrato con ese sueldo. ¿Puedo reclamar igual?
Sí. El convenio es derecho necesario: la parte del contrato que pague por debajo del mínimo es nula, aunque esté firmada por las dos partes. Firmar no renuncia a lo que la ley te reconoce.
¿Me pueden despedir por reclamar?
Un despido cuya causa real sea haber reclamado un derecho es nulo por vulneración de la garantía de indemnidad, y la nulidad obliga a readmitir. Otra cosa es que en la práctica convenga medir los tiempos: mucha gente reclama al salir de la empresa, dentro del año de plazo.
¿Cuánto tiempo tengo exactamente?
Un año desde que cada cantidad se pudo exigir (art. 59.2 ET). Las cantidades más antiguas de un año ya no se recuperan, por mucho que el incumplimiento lleve desde el principio.
¿Y si mi empresa no aplica ningún convenio?
Casi siempre hay uno aplicable por la actividad de la empresa, aunque no lo digan. Y si tu contrato no indica el convenio, la empresa incumple su obligación de informarte por escrito de las condiciones esenciales (art. 8.5 ET).

Información general, no asesoramiento jurídico. Las referencias son al Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para un caso concreto, consulta con un profesional o con tu representación sindical.