La INSST señala que la causa más habitual de los contactos eléctricos con una PEMP es la proximidad a líneas eléctricas de alta o baja tensión (NTP 634). Por eso antes de subir se verifica que no hay líneas aéreas en el entorno (VII Convenio de la construcción, artículo 198.4).
Las zonas del Real Decreto 614/2001
- Zona de peligro: alrededor del cable en tensión, donde estar sin protección supone un riesgo grave e inminente de contacto o arco eléctrico (anexo I, 7).
- Zona de proximidad: la que la rodea, desde la que puedes invadir sin querer la de peligro (anexo I, 11).
Si no se puede delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que no se sobrepasa (lo normal con una cesta que se mueve), el límite exterior de la zona de proximidad está a (anexo I, tabla 1, DPROX-2):
| Tensión nominal de la línea | Distancia |
|---|---|
| Hasta 1 kV (baja tensión) | 3 metros |
| De 3 a 66 kV | 3 metros |
| 110, 132 y 220 kV | 5 metros |
| 380 kV | 7 metros |
La distancia se mide desde la línea hasta cualquier parte de la máquina, de tu cuerpo o de lo que llevas en la mano.
Si hay que trabajar cerca
Antes de empezar, un trabajador autorizado (baja tensión) o cualificado (alta tensión) decide si el trabajo es viable y se reducen los elementos en tensión, se ponen pantallas o protectores aislantes, se delimita la zona y se informa a todos (anexo V, A.1). Lo más seguro es pedir a la compañía eléctrica que corte la tensión.
Fuente: Real Decreto 614/2001, protección frente al riesgo eléctrico, anexo I, tabla 1, y anexo V · VII Convenio colectivo general del sector de la construcción (BOE-A-2023-19903), artículo 198.4 · INSST, NTP 634: Plataformas elevadoras móviles de personal, contactos eléctricos