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Módulo 7 de 8 · 15 min

Después del tratamiento: restos, limpieza, envases, registros y equipos

Curso gratis de aplicador de productos fitosanitarios (carné): lee el módulo, repasa con las preguntas y sigue con el siguiente. Al final, test y certificado en PDF.

Módulo 7 de 8 · Índice del curso

Restos de mezcla y limpieza (Real Decreto 1311/2012, artículo 39)

  • Prohibido verter los restos de mezcla. Se eliminan aplicándolos en la misma parcela, diluidos para no pasar de la dosis máxima, o en instalaciones preparadas para degradarlos si las hay.
  • Nunca se lavan los equipos a menos de 50 metros de masas de agua superficiales y pozos.
  • Los equipos se guardan resguardados de la lluvia.

Envases vacíos (artículo 41)

  • Cada envase de producto líquido se enjuaga 3 veces a mano (o con dispositivo a presión) y el agua va al depósito del equipo.
  • Se llevan al punto de recogida y se guarda el justificante de la entrega.

El registro de tratamientos (artículo 16)

  • Cada explotación agraria lleva el registro de tratamientos fitosanitarios, que pasa a ser el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola; en ámbitos no agrarios lo lleva quien encarga el tratamiento. Los datos se vuelcan en formato electrónico en el plazo de un mes desde el tratamiento (artículo 16.1).
  • En el ámbito agrario se puede seguir llevando en papel hasta el 31 de diciembre de 2026 (artículo 16.1).
  • Registros, documentos de asesoramiento, certificados de inspección de equipos y facturas se guardan al menos 3 años (artículo 16.3). El Reglamento 1107/2009 también pide 3 años de registros al usuario profesional, con el producto, el momento, la dosis, la zona y el cultivo (artículo 67.1).
  • Las empresas que tratan para terceros anotan compras y aplicaciones y las guardan 5 años (artículo 25.2 y 25.3).

Inspección de los equipos (Directiva 2009/128/CE, artículo 8)

Los equipos de aplicación de uso profesional pasan inspecciones periódicas: el intervalo no puede superar cinco años hasta 2020 ni tres años desde entonces, y un equipo nuevo se inspecciona como mínimo una vez en los cinco años siguientes a su compra. Solo se pueden usar los equipos que han pasado la inspección.

En la prácticaAcabas y quedan 20 litros en la cuba. No los tiras a la cuneta: los diluyes y los aplicas en la misma parcela sin pasar de la dosis máxima. Luego enjuagas tres veces cada garrafa vacía y echas el agua a la cuba.

Fuente: Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, uso sostenible de los productos fitosanitarios (texto consolidado), artículos 16, 25, 39 y 41 · Reglamento (CE) n.º 1107/2009, comercialización de productos fitosanitarios (DOUE L 309, 24/11/2009), artículo 67 · Directiva 2009/128/CE, uso sostenible de los plaguicidas (DOUE L 309, 24/11/2009), artículo 8

Repaso rápido

Comprueba que lo has entendido. Son preguntas del test final: toca una respuesta y verás si es correcta y por qué.

¿Qué se hace con los restos de mezcla que sobran en el depósito?

¿Cuántas veces se enjuaga un envase vacío de producto líquido?

¿Durante cuánto tiempo, como mínimo, guarda el usuario profesional los registros de los productos que utiliza?

Test de práctica del módulo

5 preguntas nuevas, distintas de las del test final. Toca una respuesta: verás si es correcta, por qué y de qué norma sale.

1. ¿A qué distancia mínima de masas de agua y pozos se pueden lavar los equipos de tratamiento?

2. ¿Hasta cuándo se puede llevar en papel el registro de tratamientos en el ámbito agrario?

3. ¿En qué plazo se vuelcan electrónicamente los datos de un tratamiento?

4. ¿Cuánto tiempo guardan sus registros las empresas que hacen tratamientos para terceros?

5. ¿En qué plazo se inspecciona por primera vez un equipo de aplicación nuevo?

Índice del curso