Test de Tema 2. Recibir e informar a las visitas: Grupo E0
Hay 14 preguntas de este tema.
Contesta las 10.
Después puedes pedir otras.
Una persona quiere entrar al edificio. ¿Qué documento sirve para saber quién es?
El DNI sirve, por sí solo, para demostrar quién es una persona.
Fuente: Real Decreto 1553/2005, que regula el documento nacional de identidad, art. 1.2
¿Desde qué edad es obligatorio tener el DNI?
La ley de seguridad ciudadana dice que el DNI es obligatorio a partir de los catorce años.
Fuente: Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, art. 9.1
El DNI de una persona, ¿se lo puede dejar a otra?
El DNI es personal e intransferible. Solo lo puede usar la persona que sale en él.
Fuente: Real Decreto 1553/2005, que regula el documento nacional de identidad, art. 1.1
¿Cómo debes tratar a las personas que vienen al edificio?
La Ley 39/2015 dice que las personas tienen derecho a que los empleados públicos las traten con respeto.
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 13.e)
Un visitante te pregunta algo que tiene derecho a saber. ¿Qué haces?
Los empleados públicos informan a la gente de lo que tiene derecho a conocer.
Fuente: Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (RDLeg. 5/2015), art. 54.4
Una persona no sabe usar el ordenador para hacer un trámite. ¿Qué derecho tiene?
La Ley 39/2015 dice que las personas tienen derecho a ser asistidas en el uso de medios electrónicos.
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 13.b)
En Galicia, una persona te habla en gallego. ¿Puede usar su lengua?
Las personas tienen derecho a usar las lenguas oficiales de su comunidad autónoma.
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 13.c)
Un visitante te da su nombre y su DNI. ¿Qué haces con esos datos?
Los datos personales se usan solo para un fin concreto y se guardan con seguridad. Quien los trata debe guardar el secreto.
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 5
Una persona trae un escrito para el ministerio. ¿Dónde se puede presentar?
Los escritos para la Administración se presentan en el registro, en Correos o en las oficinas de asistencia en materia de registros.
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 16.4
¿Se puede presentar en una oficina de Correos un escrito para un ministerio?
La Ley 39/2015 dice que los escritos se pueden presentar en las oficinas de Correos.
Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 16.4.b)
Ni la plantilla ni la nota de corte tienen fecha fija: te escribo el día que el tribunal publique cada una, con el enlace oficial y la calculadora de nota. Nada más.