Cada cuánto se analiza Legionella (anexo V, tabla 3)
- Agua sanitaria: cada tres meses. Torres de refrigeración: cada mes. Spas y agua climatizada con chorros: cada mes.
- Además, entre 15 y 30 días después de cada limpieza y desinfección.
- Al tomar la muestra se miden en el sitio el pH (si el desinfectante depende de él), la temperatura, la conductividad y el desinfectante residual (artículo 14).
- La toma de muestras para cultivo la hará una entidad acreditada; hay plazo hasta el 1 de enero de 2030 para esa acreditación (artículo 11.5 y disposición transitoria sexta).
Qué hacer según el resultado en agua sanitaria (anexo VIII, tabla 7)
| Legionella spp. (UFC/L) | Medida |
|---|---|
| No detectada o menos de 100 | Mantener los programas |
| De 100 a menos de 1.000 | Revisar los programas; si más del 30 % de las muestras pasan de 100, limpieza y desinfección del sistema; nueva muestra a los 15–30 días |
| 1.000 o más | Revisión inmediata del PPCL, limpieza y desinfección del sistema y nueva muestra a los 15–30 días; si hace falta, parar la instalación e informar a los usuarios |
En las torres, con 10.000 UFC/L o más, se para la instalación y se limpia y desinfecta antes de volver a arrancar (tabla 8). Si hay casos o brotes, manda la autoridad sanitaria (artículo 15).
La formación que pide la norma (artículo 18)
- Operaciones menores (medir temperaturas, comprobar el biocida, controlar el pH): dentro del plan de formación de la empresa titular o de la empresa de servicios (18.3).
- Personal del programa de tratamiento: la cualificación SEA492_2 o un certificado de profesionalidad que la acredite (18.5).
- Los certificados de aprovechamiento de la Orden SCO/317/2003 se prorrogaron cinco años desde la entrada en vigor del real decreto, y las comunidades autónomas pueden prorrogarlos o autorizar nuevas ediciones de esos cursos (disposición transitoria tercera). Ese curso tiene 17 horas de teoría, 7 de prácticas con visitas y tomas de muestras, y una prueba escrita de una hora; se renueva con un curso de 10 horas cada cinco años (Orden SCO/317/2003, anexo y apartado quinto).
Tu seguridad y las sanciones
En prevención de riesgos se aplican la Ley 31/1995 y los reales decretos de agentes biológicos (664/1997) y químicos (374/2001) (artículo 4). Es infracción grave que trabaje personal sin la capacitación exigida o incumplir la formación del artículo 18 (artículo 19.2.h y k).
Fuente: Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis (texto consolidado), artículos 4, 11.5, 14, 15, 18 y 19; disposiciones transitorias tercera y sexta; anexo V, parte C y tabla 3; anexo VIII, tablas 7 y 8 · Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con riesgo de legionelosis, apartados tercero y quinto y anexo