Todo lo que hace un instalador de gas en España está en el Real Decreto 919/2006, que aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y once instrucciones técnicas complementarias (las ITC-ICG 01 a 11). La que regula a los profesionales es la ITC-ICG 09, «Instaladores y empresas instaladoras de gas», cuya última modificación está en vigor desde el 4 de septiembre de 2025 (Real Decreto 770/2025).
La definición
Instalador de gas es la persona física que, por tener conocimientos teórico-prácticos de la tecnología de la industria del gas y de su normativa, está capacitada para realizar y supervisar las operaciones de su categoría (reglamento, artículo 3.q; ITC-ICG 09, apartado 2).
Lo que más se olvida
- El instalador desarrolla su actividad en el seno de una empresa instaladora de gas habilitada (ITC-ICG 09, apartado 2). No firma por libre: firma la empresa.
- Debe poder acreditar su categoría ante la Administración cuando esta lo requiera en una inspección o un control (apartado 2).
- El personal habilitado por una comunidad autónoma puede trabajar, dentro de una empresa instaladora, en todo el territorio español, sin requisitos adicionales (apartado 2, con la Ley 17/2009).
Dónde se aplica el reglamento (artículo 2)
A las redes de distribución hasta 16 bar, los centros de envases de GLP, los depósitos fijos de GLP, las plantas satélite de GNL, las estaciones de servicio para vehículos a gas, las instalaciones de envases de GLP, las de GLP en caravanas y autocaravanas, las instalaciones receptoras y los aparatos de gas.