El gerocultor (también «cuidador» o «auxiliar», según el territorio y el sector) es el personal de atención directa de primer nivel de una residencia o un centro de día: quien ayuda a las personas en situación de dependencia en las actividades de la vida diaria (Acuerdo del Consejo Territorial de 2022, apartado decimoctavo). El certificado de profesionalidad lo resume así: atender a personas dependientes en la institución, aplicando las estrategias del equipo interdisciplinar y los procedimientos para mantener y mejorar su autonomía y sus relaciones con el entorno (Real Decreto 1379/2008, anexo II). Entre sus ocupaciones cita «cuidador de personas dependientes en instituciones» y «gerocultor».
Qué es la dependencia
Es el estado de carácter permanente en el que una persona, por dificultades que afectan a su autonomía, necesita los cuidados y apoyos de otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades de la vida diaria: reconocer personas y objetos, orientarse, el cuidado personal, las tareas domésticas, la movilidad, la comunicación o la gestión de la salud, entre otras (Ley 39/2006, artículo 2). La ley la clasifica en tres grados (artículo 26):
| Grado | Qué significa |
|---|---|
| I, dependencia moderada | Necesita ayuda en varias actividades de la vida diaria al menos una vez al día, o apoyo intermitente o limitado para su autonomía. |
| II, dependencia severa | Necesita ayuda dos o tres veces al día, pero no el apoyo permanente de una persona cuidadora, o apoyo extenso. |
| III, gran dependencia | Necesita ayuda varias veces al día y, por la pérdida total de autonomía, el apoyo indispensable y continuo de otra persona, o apoyo generalizado. |
Dónde trabajarás
- El servicio de atención residencial ofrece un lugar para vivir en un entorno hogareño, inclusivo y accesible, con una atención integral que pone en el centro los valores, las preferencias, los derechos y la intimidad de la persona. Puede ser permanente o temporal (convalecencia, vacaciones, descanso de la persona cuidadora) (Ley 39/2006, artículo 25).
- El centro de día y de noche y el resto de servicios del catálogo del artículo 15: teleasistencia, ayuda a domicilio, asistencia personal, cuidados y apoyos en viviendas.
- Las residencias se organizan en unidades de convivencia: espacios reducidos que reproducen la estructura, el ambiente y el funcionamiento de un hogar, con un grupo de personas que en ningún caso supera las 15, y en las que el personal de atención directa tiene una permanencia estable (Acuerdo de 2022, apartados quinto y decimoséptimo).
Cuántos gerocultores hay por residente
El Acuerdo fija ratios mínimas de cuidadores, gerocultores o similares en jornadas completas por plaza ocupada, que suben cada año: en residencias de personas mayores, 0,35 a 31 de diciembre de 2025 y 0,37 a 31 de diciembre de 2026, hasta 0,43 en 2029; en residencias de personas con discapacidad, 0,45 y 0,46, hasta 0,50 (apartado decimoctavo). Cada comunidad autónoma puede mejorarlas.
Fuente: Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (texto consolidado), artículos 2, 15, 25 y 26 · Resolución de 28 de julio de 2022: Acuerdo del Consejo Territorial sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, apartados quinto, decimoséptimo y decimoctavo · Real Decreto 1379/2008, certificados de profesionalidad de Servicios socioculturales y a la comunidad; anexo II: SSCS0208 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, anexo II, apartado I