Los volúmenes del baño (ITC-BT-27, apartado 2.1)
| Volumen | Dónde | Protección mínima | Mecanismos (interruptores, bases) |
|---|---|---|---|
| 0 | El interior de la bañera o la ducha | IPX7 | No permitidos |
| 1 | Encima del volumen 0 hasta 2,25 m del suelo | IPX4 | No, salvo interruptores de MBTS a 12 V en alterna o 30 V en continua, con la fuente fuera de los volúmenes 0, 1 y 2 |
| 2 | Una franja de 0,6 m alrededor del volumen 1, hasta 2,25 m | IPX4 | No, salvo MBTS o bloques para afeitadoras |
| 3 | Otros 2,4 m alrededor del volumen 2, hasta 2,25 m | IPX5 solo en baños comunes con chorros de limpieza | Bases permitidas con transformador de aislamiento, MBTS o diferencial de 30 mA |
En el volumen 1 se admiten calentadores de agua y bombas de ducha que cumplan su norma, con un diferencial adicional de 30 mA. Una conexión equipotencial local suplementaria une el conductor de protección con las partes conductoras de los volúmenes (tuberías metálicas, por ejemplo) (apartado 2.2).
Recarga del vehículo eléctrico (ITC-BT-52)
- Modos de carga (apartado 2): modo 1, toma normalizada hasta 16 A; modo 2, hasta 32 A con control piloto en el cable; modo 3, conexión directa a un SAVE fijo; modo 4, con cargador externo (carga en continua).
- Cada punto de conexión, con su propio diferencial de 30 mA como máximo, de clase A (apartado 6.1).
- Las tomas y conectores, a 60 cm del suelo como mínimo; si son de uso público, a 120 cm como máximo (apartado 5).
- En garajes colectivos de edificios nuevos se prevén 3.680 W por el 10 % de las plazas (ITC-BT-10, apartado 5.2).
Y para trabajar con seguridad
El REBT dice cómo debe quedar la instalación. Cómo se trabaja en ella sin electrocutarse (trabajos sin tensión, las cinco reglas, quién puede trabajar en tensión) está en el Real Decreto 614/2001, que explica nuestro curso de riesgo eléctrico.