El auxiliar de ayuda a domicilio atiende en su casa a personas mayores, con discapacidad, enfermas o convalecientes que necesitan apoyo para su vida diaria. La competencia general que describe el certificado de profesionalidad es ayudar en el domicilio a personas con especiales necesidades de salud física, psíquica y social para mantener y mejorar su autonomía personal y sus relaciones con el entorno (Real Decreto 1379/2008, anexo I).
Qué es el servicio de ayuda a domicilio
La Ley 39/2006 lo define como el conjunto de actuaciones en el domicilio de la persona en situación de dependencia y en su entorno comunitario próximo para facilitar las actividades de la vida diaria y promover su autonomía de acuerdo con su voluntad, deseos y preferencias. Y añade que para prestarlo hace falta una formación especializada (artículo 23.1).
Las actividades de la vida diaria son, entre otras, el cuidado personal, las tareas domésticas, la movilidad dentro y fuera de casa, la comunicación y las relaciones, la gestión de la salud y de la economía doméstica (artículo 2.3).
Dentro del catálogo de la dependencia
La ayuda a domicilio es uno de los servicios del catálogo, junto a la teleasistencia, la asistencia personal, los centros de día y de noche o la atención residencial, entre otros (artículo 15.1).
Los grados de dependencia
- Grado I, moderada: necesita ayuda para varias actividades al menos una vez al día.
- Grado II, severa: dos o tres veces al día, sin necesitar el apoyo permanente de una persona cuidadora.
- Grado III, gran dependencia: varias veces al día y el apoyo indispensable y continuo de otra persona.
(Ley 39/2006, artículo 26.)
Quién contrata
Según el certificado, Administraciones públicas (sobre todo municipales y autonómicas), entidades privadas con o sin ánimo de lucro que prestan o gestionan servicios domiciliarios, o el propio auxiliar como autónomo. Los sectores: domicilios particulares, pisos tutelados y servicios de atención domiciliaria (Real Decreto 1379/2008, anexo I).
Fuente: Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (texto consolidado), artículos 2.3, 15.1, 23 y 26 · Real Decreto 1379/2008, certificados de profesionalidad de Servicios socioculturales y a la comunidad; anexo I: SSCS0108 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, anexo I, apartado I